El expresidente de la Audiencia Provincial de Segovia, Ignacio Pando Echeverría, que dimitió el pasado 6 de mayo, ha sido acusado de haber cometido presuntamente un delito electoral durante los comicios generales del 23 de julio de 2023. En aquel momento, Pando ejercía como presidente de una Junta de Mesa Electoral en un colegio de la ciudad de Segovia. La denuncia sostiene que el magistrado no llevó a cabo el escrutinio conforme a los procedimientos legales exigidos, sino que se limitó a validar los resultados provisionales facilitados por la empresa INDRA, adjudicataria del recuento telemático.
La querella, acompañada de grabaciones en vídeo y otros documentos gráficos, afirma que durante el recuento de papeletas no se mencionaron públicamente los nombres de las formaciones políticas, ni se sumaron los votos en voz alta, impidiendo cualquier verificación ciudadana de los resultados. Según la denuncia, una vocal de la mesa —identificada como “Gero”— fue la única persona que operó el ordenador con los datos de la aplicación de INDRA, pese a mostrar dudas sobre el orden de los partidos y señalar discordancias entre las cifras electrónicas y las actas físicas.
El caso, que ha sido presentado en los juzgados de instrucción de Segovia y después derivado al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, plantea un escenario sin precedentes en la democracia española: un alto magistrado denunciado formalmente por supuestas irregularidades en un proceso electoral. La fiscalía, sin embargo, ha rechazado aplicar la figura del aforamiento, al considerar que Pando no actuaba como juez en ese contexto, sino como presidente de una Junta Electoral, cargo que no le otorgaba protección jurisdiccional especial.
La acusación particular considera que los hechos no son un simple descuido o error técnico, sino una vulneración deliberada de la normativa electoral. En concreto, se invoca el artículo 140.1.d de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que sanciona penalmente a los responsables públicos que realicen escrutinios de forma incorrecta, pudiendo afectar a la limpieza del proceso electoral.
Uno de los elementos clave de la querella es el incumplimiento, por parte del presidente de la mesa, de las directrices emitidas previamente por la Junta Electoral Central. En su acuerdo oficial 544/2023, este órgano dejó claro que los datos de INDRA son meramente informativos y no pueden sustituir en ningún caso al recuento oficial reflejado en las actas de mesa. La denuncia señala que Pando fue advertido de ello durante la jornada electoral, pero decidió continuar con el procedimiento sin rectificar.
La demanda solicita, entre otras diligencias, que se tome declaración al exmagistrado, que se recopilen todas las actas oficiales de las mesas electorales de Segovia y que se certifiquen los resultados proclamados oficialmente. Además, la parte denunciante pide formar parte de la instrucción judicial como acusación formal.