El magistrado del Tribunal Supremo que investiga el denominado ‘caso Koldo’ ha prohibido al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos salir del país, al tiempo que le ha retirado el pasaporte y le ha fijado la obligación de comparecer cada 15 días en la secretaría de la Sala de lo Penal del TS mientras permanezca investigado por la presunta adjudicación de contratos públicos al empresario Víctor de Aldama y sus socios a cambio de comisiones.
En un auto, el instructor Leopoldo Puente adopta esta decisión a petición de la Fiscalía Anticorrupción, que ha reclamado dichas medidas cautelares este mismo jueves; la defensa, por el contrario, se ha opuesto. Ambas partes han expuesto sus planteamientos después de que Ábalos declarara por segunda vez ante el alto tribunal; en esta ocasión sin la inmunidad parlamentaria que le amparaba en diciembre, cuando compareció de forma voluntaria.
El magistrado acuerda lo solicitado por Anticorrupción al considerar que estas medidas resultan «precisas» —«en atención a la particular gravedad de los hechos delictivos»— para «asegurar» que Ábalos «no pueda en lo porvenir sustraerse a la acción de la justicia». Entiende también que son «plenamente proporcionadas» porque «solo de forma ligera e indispensable limitan el ejercicio de su libertad ambulatoria».
Al hilo, Puente explica que «ninguna» de las acusaciones ha pedido la prisión provisional para el ex ministro, algo que considera «razonable, tomado en cuenta que, efectivamente, Ábalos compareció voluntariamente» en diciembre y ha acudido al Supremo este jueves.
Con todo, el instructor señala que es «evidente» que «persisten los indicios de criminalidad» que le llevaron a asumir la causa, a pedir el suplicatorio al Congreso y a investigar a Ábalos. Por ello, le prohíbe salir del país, le retira el pasaporte y le obliga a comparecer quincenalmente ante la Secretaría de la Sala Penal del Supremo.