«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Cataluña fuera de la ley: el papel del Ejército y el estado de sitio

De las Fuerzas Armadas al estado de sitio, las herramientas de la Constitución [que el Gobierno no aplica] para frenar el Golpe de Estado

15:26 del viernes, 27 de octubre de 2017. El Parlamento catalán, poblado por una mayoría en rebeldía y fuera de la ley, somete a votación y aprueba una declaración de independencia que pone en marcha el proceso constituyente y activa la Ley de Transitoriedad, dirigida a “crear un estado legal paralelo al español”.
Se consuma así un Golpe de Estado anunciado con meses de antelación y perpetrado este viernes.
Incapaz de evitarlo, el Gobierno de la Nación, representado por Mariano Rajoy, se ha limitado, por ahora, a pedir tranquilidad a los españoles y a afirmar que lo sucedido en el Parlament es la prueba más clara de la necesidad de activación del artículo 155 de la Constitución, que se debate y vota este viernes en el Senado.
Casi dos horas después del Golpe de Estado no hay, por parte de España, ninguna otra reacción oficial que devuelva a Cataluña a la senda de la legalidad. Y eso a pesar de que la Constitución Española ofrece más de una herramienta:
Artículo 8:
Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Artículo 116:
El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno.
El estado de excepción se adopta “cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten gravemente alterados y mediante el ejercicio de las potestades ordinarias no se pudiesen restablecer”.
El estado de sitio se adopta “cuando se produzca o pueda producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, contra su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios. El Gobierno designará la Autoridad militar que haya de ejecutar las medidas acordadas en el territorio a que el Estado de Sitio se refiera”.
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