«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La norma no tendrá que pasar por el Parlamento

El Gobierno da luz verde a un decreto que prohibirá vender bollería en las máquinas expendedoras y ofrecerá productos naturales y café sin azúcar

Máquinas expendedoras. Redes sociales

El Ministerio de Consumo va a aprobar luz verde un Real Decreto que obliga a las máquinas expendedoras a transformar por completo su oferta de alimentos y bebidas, con el objetivo de reducir el consumo de productos ultraprocesados (bollería) y fomentar opciones más saludables en espacios públicos y centros de atención.

La iniciativa, impulsada por el departamento que dirige Pablo Bustinduy, se encuentra ya en fase de información pública tras la presentación de un primer borrador a finales del pasado año. La norma no tendrá que pasar por el Parlamento y fijará criterios obligatorios para los servicios de vending instalados tanto en centros de titularidad pública como en establecimientos privados destinados a personas dependientes o con necesidades especiales.

El nuevo marco legal parte de una realidad cotidiana: a media jornada, cuando el cansancio aprieta y el estrés aumenta, muchos trabajadores recurren a la máquina más cercana en busca de algo dulce o salado que proporcione una recompensa inmediata. Esa elección suele traducirse en bollería industrial, patatas fritas, bebidas azucaradas o galletas cargadas de aditivos, una combinación que calma momentáneamente al cerebro pero sobrecarga al organismo con grasas y azúcares innecesarios.

Para romper ese hábito, Consumo establece que al menos el 80% de los productos disponibles en las filas centrales —las de mayor visibilidad— deberán ser alimentos considerados saludables. En esa selección entrarán, entre otros, agua, frutas y verduras frescas, frutos secos naturales con bajo contenido en sal, panes integrales, yogures sin azúcares añadidos, zumos de fruta, lácteos fermentados, sopas frías vegetales y bocadillos elaborados con pescado, carne magra de ave o ingredientes vegetales.

El resto de artículos, los menos recomendables desde el punto de vista nutricional, quedarán relegados a las posiciones inferiores y deberán cumplir límites muy estrictos. No podrán superar las 200 kilocalorías por ración, tendrán un máximo del 35% de grasa total, estarán libres de ácidos grasos trans industriales y no podrán contener más de cinco gramos de azúcar añadido por porción. Los productos que no se ajusten a estas condiciones no podrán colocarse nunca a la altura de los ojos.

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