El Gobierno ha aprovechado el decreto de ayudas a las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo) para introducir un cambio normativo que permite suspender los plazos administrativos de las indemnizaciones anticipadas a los afectados por los siniestros de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona). La modificación, incorporada al Real Decreto-ley 32/2026, afecta a los expedientes que permanecían pendientes de resolución el pasado 4 de noviembre, según avanza VozPópuli.
La medida figura en la disposición final primera de la norma, aprobada por el Consejo de Ministros y publicada el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aunque el decreto está dirigido principalmente a atender a los damnificados por el accidente de Urda, en el que fallecieron 69 personas, el Ejecutivo ha aprovechado su tramitación para modificar el régimen de ayudas establecido en enero para las víctimas de los accidentes ferroviarios.
El nuevo mecanismo permite que la Administración solicite información a los juzgados cuando la considere necesaria para determinar la concesión de los anticipos de indemnización por responsabilidad civil. Si transcurre un mes sin recibir respuesta judicial, o los datos facilitados resultan insuficientes, el plazo máximo para resolver las solicitudes quedará suspendido hasta que se aporte la documentación requerida.
La modificación supone que el tiempo legalmente establecido para resolver los expedientes dejará de computar durante ese periodo. El texto no establece un límite adicional para la suspensión, por lo que su duración dependerá de cuándo los órganos judiciales faciliten la información solicitada.
La normativa aprobada en enero fijaba un plazo máximo de seis meses para notificar las resoluciones, contado desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes. Con el nuevo supuesto, los anticipos de las indemnizaciones podrán demorarse más allá del calendario previsto inicialmente.
El alcance de la disposición transitoria primera se limita a los expedientes de Adamuz y Gélida que continuaban sin resolverse cuando entró en vigor el decreto, el 4 de noviembre. Las ayudas que ya hubieran sido concedidas quedan fuera de esta posibilidad.
Tampoco se trata de una paralización general de las compensaciones. La norma diferencia entre las ayudas directas a fondo perdido, destinadas a cubrir las necesidades de las víctimas y sus familiares, y los anticipos de futuras indemnizaciones por responsabilidad civil. La suspensión únicamente afecta a estos últimos pagos, mientras que las ayudas directas reguladas en el artículo 3 quedan expresamente excluidas.
La disposición contempla además que los juzgados puedan no facilitar actuaciones procesales declaradas secretas o reservadas, lo que puede dificultar la obtención de documentación durante las investigaciones penales.
Retrasos en los pagos
La modificación llega nueve meses después del accidente de Adamuz, mientras los afectados siguen denunciando demoras en el cobro de las cantidades comprometidas. Mario Samper, presidente de la Asociación de Víctimas de Adamuz, advirtió esta semana de que algunas familias todavía no habían recibido íntegramente las ayudas.
Samper también cuestionó los criterios de concesión y alertó de la situación de damnificados con graves dificultades económicas que continúan esperando los pagos.
El Gobierno justificó las ayudas aprobadas en enero como una fórmula para garantizar una respuesta económica inmediata sin necesidad de esperar a que concluyeran las investigaciones judiciales y se determinaran las responsabilidades.