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DE 9 AÑOS A 4 AÑOS Y MEDIO

El Supremo rebaja a la mitad la condena a un pederasta por la aplicación de la ley del «sólo sí es sí»

La ministra de Igualdad, Irene Montero. Europa Press

El Tribual Supremo ha rebajado la condena de 9 años a 4 años y 6 meses de prisión en aplicación de la conocida como ley del «sólo sí es sí» a un individuo que realizó tocamientos en los glúteos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor de edad mientras patinaban en una pista de hielo en Vitoria.

«Ahora, el nuevo delito de abuso sexual a menor incluye una previsión en su párrafo segundo que antes no existía y que permite, en los casos de menor gravedad, rebajar en un grado la pena», señala el Supremo, que añade que eso es lo que se ha aplicado al condenado «al resultar la nueva legislación más beneficiosa para él».

Asimismo, el TS explica que el máximo de cumplimiento de pena en este caso queda reducido a la mitad. «Antes era de seis años (el triple de la pena más elevada que eran dos años) y ahora será de tres años, por ser el triple de la pena más grave, que en aplicación de la reforma queda fijada en un año», añade.

Cabe recordar que es la segunda vez que el alto tribunal falla en relación a la ley del «sólo sí es sí». El primer caso en el que el Supremo se pronunció fue en el del «caso Arandina», estableciendo que es «obligatorio» aplicar la citada ley en todas las casuísticas por ser «más favorable» al reo.

La Sala de lo Penal ha condenado a dos exjugadores de la Arandina a 9 años de prisión por un delito de agresión sexual a una menor. La Fiscalía pedía 10 años de cárcel para los dos, pero el tribunal lo ha dejado en un año menos por la aplicación de la ley impulsada por Irene Montero.

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