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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

El anteproyecto de ley propone que el trabajador tenga «derecho a la compensación total de gastos» si teletrabaja

Teletrabajo

Las empresas deberán sufragar «en su totalidad» el desarrollo del teletrabajo que no podrá conllevar gastos, directos o indirectos, para el empleado «relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral».

Así lo recoge el artículo 12, «derecho a la compensación total de gastos» del anteproyecto de ley del Gobierno para regular el teletrabajo.

La norma no detalla el mecanismo con el que deberán cuantificarse esos gastos ni la forma de compensación y emplaza a fijarlo en el marco de la negociación del convenio colectivo o con acuerdo entre la empresa y los trabajadores.

Podrá consistir, ejemplifica, en complementos específicos que, en todo caso, deberán garantizar la «completa compensación» de los gastos.

El anteproyecto también recoge que el trabajo a distancia será «voluntario para la persona trabajadora», siempre reversible y requerirá de un acuerdo por escrito incorporado al contrato inicial del trabajador.

También detalla que tendrá «carácter prioritario» para las personas que estén con una reducción de jornada por cuidado de menores de 12 años, aquellas que lo precisen para el ejercicio de su derecho a la lactancia natural o para víctimas de violencia de género o de terrorismo.

Junto a esto, fija -en el artículo 13 «derecho al horario flexible»- que la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá «alterar el horario de prestación de servicios establecido» y subraya en otro punto el derecho a la desconexión digital que deberá garantizar la empresa.

«El deber empresarial de garantizar la desconexión conlleva una limitación absoluta del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada», recoge.

Las medidas para garantizar esta desconexión y el derecho a la conciliación con la vida familiar también se establecerán mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa.

El anteproyecto también regula el trabajo a distancia ocasional, al que, por ejemplo, podrán acogerse empleados «en caso de enfermedad o accidente de un familiar de hasta segundo grado por consanguinidad, o de cónyuge o pareja de hecho, que hiciera indispensable la presencia de la persona trabajadora».

En este caso, el empleado tendrá derecho a realizar su trabajo a distancia durante un máximo del 60 % de su jornada ordinaria, «si ello fuera técnica y razonablemente posible, y en tanto persista la situación que justifica el ejercicio de este derecho».

También señala a la negociación colectiva para establecer mejoras en el ejercicio de este derecho, incluida una ampliación de los supuestos justificativos.

En esta regulación, apunta, «se deberá evitar la perpetuación de roles y se deberá tener en cuenta el fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres».

Díaz considera «conservador» el modelo de costes del teletrabajo

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha considerado que el modelo que establece el anteproyecto de ley que regula el teletrabajo sobre los costes que debe asumir la empresa cuyos empleados trabajen a distancia es «conservador».

En una entrevista en Onda Cero, la ministra ha explicado que esta regulación trata de asimilar al teletrabajo las herramientas, técnicas o sistemas con los que el empresario provee a sus trabajadores en sus puestos presenciales.

«Se opta por un modelo conservador, hay otros países europeos que son mucho más avanzados», ha dejado claro Díaz, quien ha señalado que esta norma, que ha de pasar por la mesa de diálogo social, quiere «definir el puesto de trabajo como se hace en la actualidad de manera presencial y, después, repercutir los costes».

En ese sentido, ha explicado que se pueden utilizar varias fórmulas, que pasan por «repercutir un tanto por ciento en la nómina», por abonar «dietas» o «por hacer una comprobación documental de los gastos» en los que ha incurrido el trabajador.

«Vamos a un modelo conservador en el que empresarios y sindicatos van a decidir en cada empresa cómo debe abordarse», ha dicho la ministra, quien ha destacado la «flexibilidad» que aportará la normativa a la hora de implementar el teletrabajo.

«Habrá una parte en la que los empresarios dirán en esta franja horaria has de estar necesariamente disponible y, otra parte, habrá flexibilidad», ha apuntado Díaz, siempre teniendo en cuenta las características de cada empresa y sector y estableciendo controles por parte de la empresa, telemáticos o remotos, pero también «con inspecciones de otro tipo».

La ministra ha destacado la necesidad de regular el teletrabajo, que se ha implantado durante la pandemia «con jornadas extenuantes e intensivas», por lo que «hay que regularlo muy bien» y pautando la flexibilidad en el desempeño de la jornada.

 

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