El Tribunal Supremo ha dado la razón al presidente de VOX, Santiago Abascal, y ha rechazado la querella presentada por el PSOE contra él por haber dicho en una entrevista publicada en el diario argentino ‘Clarín’ el 10 de diciembre de 2023 que «habrá un momento dado» en el que el pueblo español querrá colgar de los pies al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
En un auto, ponencia del magistrado Javier Hernández, la Sala de lo Penal inadmite la querella recordando que «la corrección y la adecuación del discurso son cuestiones que no se pueden, porque no se deben, abordar desde el Código Penal ni, desde luego, por el tribunal encargado de valorar si una determinada conducta expresiva merece reproche penal».
«No parece compatible con los propios fundamentos del pluralismo político que puedan ponerse límites penales a los discursos de los representantes públicos electos que (…) pretendan cuestionar y deslegitimar, desde la oposición, la gestión política del Gobierno y de su presidente», fija. En este caso, el Supremo expone que, aunque «las expresiones utilizadas» por Abascal «patentizan una frontal y radical oposición tanto a la persona como a la gestión política del señor Sánchez», «no satisfacen los niveles de antijuricidad penal».
Así, descarta que con esas declaraciones, «o calificando la gestión política del Gobierno como un mecanismo de abolición del Estado de Derecho, de asalto de la Constitución, de supresión del Poder Judicial», Abascal «esté promoviendo, fomentando o incitando a la violencia contra el presidente del Gobierno y el Partido Socialista en los términos que reclama la intervención penal». Respecto a los delitos contra el honor, considera que tampoco cabe intervención penal porque las palabras del líder de VOX «se producen en un contexto de debate político, fuertemente protegidas por los derechos a la libertad de expresión y a la participación política».
Sobre esta cuestión, señala que el nivel de protección de este derecho se intensifica cuando, además, la persona destinataria de las críticas o descalificaciones ostenta responsabilidades públicas. En este supuesto, recalca, «los márgenes de la crítica admisible son mucho más amplios que si el destinatario fuera un particular».