«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Votaron a favor de mantener los plenos para imposibilitar su presencia

El TSJ de Madrid condena a PSOE y PP por vulnerar los derechos fundamentales de una diputada de VOX

Isabel Pérez Moñino-Aranda

El pasado 28 de mayo de 2024, se notificó a Isabel Pérez Moñino-Aranda, portavoz de VOX en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). La resolución, fechada el 24 de mayo de 2024, condena al Pleno del Ayuntamiento por la grave vulneración de los derechos fundamentales de la portavoz de VOX desde la constitución de la corporación en junio de 2023.

La sentencia declara que los actos administrativos del Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada no son conformes a derecho, anulándolos y ordenando la retroacción de las actuaciones. Se condena al Ayuntamiento a establecer una nueva fecha para los plenos municipales que permita a la Sra. Pérez Moñino-Aranda compatibilizar sus funciones como concejal y diputada de la Asamblea de Madrid. La administración deberá hacerse cargo de las costas procesales.

El conflicto se originó el 23 de junio de 2023, cuando la portavoz de VOX solicitó que los plenos ordinarios del Ayuntamiento no coincidieran con los tres primeros jueves del mes, debido a que estos días están reservados para las sesiones plenarias de la Asamblea de Madrid. Sin embargo, esta solicitud fue rechazada, y el 28 de junio de 2023, el Pleno del Ayuntamiento aprobó, con el voto favorable de PSOE, PP y Más Fuenlabrada, mantener los plenos municipales el primer jueves hábil de cada mes, ignorando la advertencia de la portavoz de VOX sobre la incompatibilidad de fechas.

Pérez Moñino-Aranda interpuso un recurso de reposición, que fue desestimado el 26 de septiembre de 2023 con el voto favorable de PSOE, PP y Más Fuenlabrada. Ante esta negativa, la portavoz acudió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha fallado a su favor.

La sentencia del TSJM subraya que la decisión del Ayuntamiento vulneró el derecho fundamental de participación política de Isabel Pérez Moñino-Aranda, protegido por el artículo 23.1 de la Constitución Española. Además, se destaca el despotismo del alcalde de Fuenlabrada al negarse a proponer otra fecha, entorpeciendo la labor de oposición del Grupo Municipal de VOX.

Es especialmente significativo el papel del Partido Popular, que, a pesar de ser oposición, votó junto al PSOE y Más Fuenlabrada tanto en la fijación de la fecha de los plenos como en la desestimación del recurso de reposición. Este comportamiento ha sido señalado por la sentencia del TSJM, afectando también al PP como cómplice en la vulneración de los derechos fundamentales de la portavoz de VOX.

En resumen, esta sentencia representa un hito en la defensa de los derechos de participación política y marca un precedente importante para garantizar que las instituciones respeten las normas democráticas y la equidad en la representación de todos los grupos políticos.

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