«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Junqueras denuncia un 'calvario innecesario' y una persecución al separatismo

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell alega que no se la puede juzgar por rebelión porque en el proceso hacia la independencia no ha habido ni violencia ni un alzamiento como el que se produjo el 23-F, por lo que entiende que sólo se la podría juzgar por desobediencia.

El exvicepresidente catalán Oriol Junqueras denuncia en el recurso a su procesamiento por rebelión que sufre un «calvario inmerecido» por las «piruetas argumentativas» con las que el juez del Supremo Pablo Llarena pretende «criminalizar» al independentismo, pese a la «evidente falta de violencia».
Así lo sostiene Junqueras en el recurso de reforma, al que ha tenido acceso Efe, que ha interpuesto junto al exconsejero Raül Romeva al auto que Llarena dictó el pasado viernes para procesarles por los delitos de rebelión y malversación por el proceso unilateral a la independencia.
El recurso, redactado por el abogado Andreu Van den Eynde, pide el sobreseimiento de Junqueras y Romeva al concluir que han defendido su proyecto político a favor de la independencia «sabiendo que la ciudadanía no ejercería nunca la violencia porque conocían cómo es y cómo actúa el movimiento independentista catalán, que sólo es calificado de violento en el presente procedimiento penal y, contrariamente, resulta ejemplar en el resto del mundo».
El escrito denuncia que Junqueras y Romeva, encarcelados por orden de Llarena, están sufriendo un «calvario innecesario» ya que están privados de libertad, sin posibilidad de ejercer sus derechos políticos, en el marco de un proceso judicial en el que «se está criminalizando» al independentismo, que es pacífico, legal «e incluso mayoritario».
«La existencia de violencia es una petición de principio inaceptable. Ni se ha producido violencia ni recoge el auto (de procesamiento) una de las características esenciales del movimiento independentista catalán: el férreo control de riesgos de violencia en su desarrollo», sostiene el recurso.
Junqueras y Romeva denuncian las «piruetas argumentativas» en las que creen que incurre Llanera para procesarles por rebelión, en una «interpretación totalmente sesgada» de lo sucedido en el proceso catalán, y advierten de que «criminalizar» el independentismo «es un grave error, tanto político como legal».

Forcadell alega que sólo puede ser juzgada por desobediencia

Carme Forcadell, por su parte, alega que no se le puede juzgar por rebelión por que el ‘procés’ no ha sido violento y entiende que sólo se le podría juzgar por desobediencia.
Así lo sostiene Forcadell en el recurso, al que ha tenido acceso Efe, que ha interpuesto ante la sala segunda del Tribunal Supremo después de que el magistrado Pablo Llarena la procesara por rebelión al concluir que su participación en la vía unilateral a la independencia «ha ido de la mano con la violencia manifestada» en las últimas fases del ‘procés’.
En el escrito, la abogada de Forcadell, Olga Arderiu, destaca que la expresidenta del Parlament «es una persona absolutamente pacifista» que abandonaría sus ideas antes de «permitir ningún acto violento».
Según el recurso, en Cataluña no ha habido «ningún alzamiento púbico y violento para declarar la independencia», ni se contempló la posibilidad de usar vías que no fueran pacíficas, por lo que la defensa considera que no se puede juzgar a Forcadell por rebelión.
«Ni siquiera el propio auto ahora recurrido se atreve a utilizar el verbo alzarse, absolutamente propio de un real golpe de Estado, como el sufrido por el Estado español en el 23F, en el que se usaron armas de fuego, tropas militares, tanques artillados y se retuvo a ‘diputados rehenes’ con el fin de establecer una dictadura militar de clara inspiración franquista», apunta el escrito, que asegura que lo ocurrido en Cataluña no es «comparable» con el golpe de Tejero.
Por este motivo, el recurso apunta a que la expresidenta del Parlament debería ser llevada a juicio exclusivamente por un delito de desobediencia, como los demás miembros de la Mesa del Parlament procesados, si bien se tendría que decretar su sobreseimiento libre por encontrarse amparada por la «inviolabilidad parlamentaria».

Dice que el asedio del 20-S fue espontáneo

Sobre el asedio a la comitiva judicial que registraba la consejería de Economía el 20-S, una de las bases en las que Llarena sustenta el delito de rebelión, Forcadell remarca que no se produjo un «alzamiento violento y público», sino que se congregaron espontáneamente miles de ciudadanos para ejercer su derecho de manifestación.
«Exclusivamente sufrieron daños dos vehículos de la Guardia Civil, sin que resultara herida, ni siquiera mínimamente, ninguna persona», expone Forcadell, que también alega que el 1-O fueron los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil los que «agredieron» a los ciudadanos que estaban «pacíficamente esperando» para ir a votar en el referéndum.
Según el recurso de Forcadell, la declaración de independencia que votó el pleno del Parlament el 27 de octubre pasado no tenía «efecto jurídico alguno», ya que su finalidad era «exclusivamente y en todo momento conseguir iniciar una vía de negociación con el Gobierno central».
De hecho, la expresidenta del Parlament, que el jueves pasado dimitió como diputada de ERC, la víspera de que Llarena la enviara a prisión provisional, remarca en el escrito que acató la aplicación por parte del Gobierno del artículo 155 de la Constitución y aceptó las elecciones del 21-D convocadas por el Ejecutivo central, lo que demuestra «objetivamente» que no había «la más mínima intención de usar la violencia para alcanzar la independencia».
Forcadell alega que, como presidenta del Parlament, se limitó a cumplir las obligaciones establecidas por el reglamento de la cámara, donde «carecía» de facultades para limitar el debate parlamentario o determinar el contenido de las resoluciones adoptadas en el pleno.
«En el remoto caso de haberse cometido algún delito por haber sometido a votación (las resoluciones sobre el proceso a la independencia), Forcadell debería exclusivamente ser llevada a juicio por un presunto delito de desobediencia«, remarca el recurso, que no obstante afirma que tendría que ser exonerada ya que como diputada gozaba del privilegio de la «inviolabilidad parlamentaria».
Seguirá ampliación…

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