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el tribunal supremo devuelve el caso a la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional juzga al etarra Eceiza por un doble atentado en 2003

El etarra Asier Eceiza en el momento de su detención. Europa Press.

La Audiencia Nacional juzgará a partir de este martes al etarra Asier Eceiza Ayerra por un doble atentado en Benidorm y en Alicante en 2003 que dejó 14 personas heridas —6 de ellas agentes de policía— después de que el Tribunal Supremo haya acordado anular por segunda vez su absolución y ordenar la celebración de una vista oral con otros magistrados.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía pide que sea condenado a 268 años de cárcel por dos delitos de estragos terroristas, seis delitos de asesinatos terroristas intentados contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y ocho delitos terroristas intentados.

Según el Ministerio Público, este ataque se enmarca en lo que se denominó «campañas de verano» de la banda terrorista, que consistían en la colocación de artefactos explosivos en hoteles, centros comerciales y zonas turísticas de la costa mediterránea en los meses de plena ocupación. Junto con Joseba Troitiño —etarra ya juzgado y condenado por estos hechos—, Asier Eceiza alquiló un piso en Valencia para usarlo «como base de operaciones en la Comunidad Valenciana» y poder «guardar los explosivos que precisaban para atentar».

Los etarras, haciendo uso de identidades falsas, habían reservado habitaciones en los hoteles Bahía (en Alicante), y Nadal (en Benidorm). Allí dejaron maletas «con artefactos explosivos con una carga, posiblemente, de entre 10 y 12 kilos de cloratita, con reforzador de titadyne, con dispositivo de iniciación temporizado». La intención, según el fiscal, era «causar el mayor número posible de víctimas».

Este juicio de la Audiencia Nacional llega tras la anulación de la absolución por parte del Tribunal Supremo en abril, al estimar los recursos que presentaron la Fiscalía y de la acusación particular. Así, al corregir por segunda vez a los magistrados, el Tribunal consideró pertinente que se celebrase un nuevo juicio oral y que se dictase una nueva sentencia por otros magistrados distintos a los que vieron el asunto hasta la fecha.

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