«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Condenado a más de 265 años de cárcel

La Audiencia Nacional rechaza la semilibertad del etarra que secuestró a los empresarios Delclaux y Aldaya concedida por el Gobierno vasco

El etarra Gregorio Vicario en una imagen de archivo. Policía Nacional

La Audiencia Nacional vuelve a frenar la política penitenciaria del Gobierno vasco respecto a los presos de ETA. El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria ha rechazado conceder el régimen de semilibertad al etarra Gregorio Vicario Setién, condenado a más de 265 años de cárcel por delitos de asesinato, terrorismo, estragos y secuestros, al considerar que no existe una «motivación reforzada» que justifique esos beneficios penitenciarios.

En un auto dictado este viernes, la magistrada Reyes Jimeno desestima el recurso presentado por la defensa del recluso contra la resolución emitida el pasado 4 de marzo, en la que ya se le denegó la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este mecanismo permite flexibilizar el cumplimiento de las condenas y se ha convertido en una vía utilizada para facilitar salidas y regímenes de semilibertad a antiguos miembros de ETA.

La resolución judicial supone un nuevo varapalo a la estrategia del Departamento de Justicia vasco, que había avalado un programa para que Vicario realizara actividades de voluntariado fuera de prisión. Sin embargo, la jueza considera que la medida carece de una justificación concreta y suficientemente desarrollada.

Según recoge el auto, la decisión fue impulsada directamente por el centro directivo de Basauri «sin previa propuesta» de la junta de tratamiento penitenciario, que había defendido la continuidad del preso en segundo grado y régimen ordinario. La magistrada subraya además que la dirección de la prisión se limitó a exponer «un objetivo genérico de reinserción social sin mayor detalle ni concreción».

Para el juzgado, ni el equipo técnico ni la junta de tratamiento valoraron de manera adecuada las circunstancias del interno ni las razones que justificarían aplicar un régimen excepcional antes de completar la progresión ordinaria. La resolución también destaca que Vicario ni siquiera ha comenzado a disfrutar permisos de salida, un paso previo habitual antes de estudiar medidas de semilibertad.

La jueza insiste en que el expediente carece de un programa individualizado y no explica por qué resulta imprescindible acudir al artículo 100.2 en lugar de mantener el régimen penitenciario ordinario. Por ello, entiende que la concesión de este beneficio requería una «motivación reforzada» que «no se da en el presente caso».

Otro de los elementos clave que pesan en la decisión judicial es la ausencia de signos de arrepentimiento. El auto señala expresamente que en el expediente no consta ningún manuscrito ni escrito de desvinculación de ETA, arrepentimiento o petición de perdón a las víctimas.

Gregorio Vicario Setién fue entregado por Francia a España en febrero de 2016. Formó parte del denominado ‘comando Barcelona’ de ETA y participó en algunos de los atentados y secuestros más graves de la banda terrorista en los años noventa.

Entre otros delitos, fue condenado por el secuestro del empresario vasco Cosme Delclaux, que permaneció 232 días encerrado en un zulo, y por el secuestro de José María Aldaya, retenido durante 341 días. También participó en la colocación de un coche bomba en la estación de Sants de Barcelona en 1993, en el asesinato del coronel Leopoldo García Campo y en el atentado contra el Gobierno Militar de Barcelona en 1994, acción terrorista en la que murió un civil.

La resolución recuerda además que Vicario no alcanzará las tres cuartas partes del cumplimiento efectivo de su condena hasta 2030.

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