El humorista Héctor de Miguel, conocido por su nombre artístico Quequé, irá a juicio acusado de acosar a la presidenta de la asociación Abogados Cristianos, la letrada Polonia Castellanos. La Audiencia de Valladolid ha ratificado el auto de procesamiento al considerar que existen pruebas suficientes de que el cómico pudo incurrir en un comportamiento delictivo al alentar a terceros a hostigarla por vía telefónica.
El origen del caso se remonta a unas declaraciones realizadas por Quequé en un programa radiofónico, donde, en tono irónico, pronunció: «Se abstengan de llamarla por teléfono…, absténganse de llamar a su presidenta, Polonia Castellanos». Según el tribunal, la entonación usada no fue disuasoria sino incitadora, lo que provocó que la abogada recibiera numerosas llamadas, además de mensajes en redes sociales y correos electrónicos, que saturaron sus canales de comunicación habituales.
La Fiscalía, en consonancia con la acusación particular, respaldó desde el inicio la continuación del procedimiento, rechazando el recurso del artista en el que pedía el archivo de la causa. Para el Ministerio Público, sus palabras no pueden ampararse sin más en la libertad de expresión, sino que deben analizarse en el marco de una posible conducta de acoso tipificada en el Código Penal.
La abogada afectada sostiene que lo ocurrido le generó un grave trastorno y espera que la Justicia lo reconozca en una sentencia condenatoria. «Ha quedado claro que es un acosador y un machista», señaló Castellanos tras conocerse el auto, subrayando que confía en que el humorista no quede impune.
En junio pasado, el Juzgado de Instrucción nº 6 de Valladolid ya había transformado las diligencias en procedimiento abreviado, emplazando a las partes a presentar sus escritos de acusación o defensa. Fue entonces cuando Quequé trató de frenar el juicio mediante un recurso que finalmente ha sido rechazado por la Audiencia Provincial.
El cómico, que declaró por videoconferencia desde Madrid únicamente a preguntas de la magistrada y de su defensa, argumenta que sus intervenciones deben entenderse como sátira artística y enmarcarse en la protección constitucional a la libertad de expresión. Los magistrados, sin embargo, recuerdan que esa cuestión deberá debatirse en el juicio oral, pues de momento consideran que sí hay indicios de que su actuación pudiera encajar en un delito de acoso.