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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Los clientes debén de ser informados sobre los suplementos de higienización en bares según la OCU

Un camarero limpia y desinfecta una mesa de de la terraza de un establecimiento

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha asegurado que «cualquier cobro extraordinario» (suplemento) por la limpieza y desinfección en bares y restaurantes en relación con el coronavirus «precisan» de la aceptación previa del cliente.

La OCU ha indicado que cobrar al cliente por el coste extra que supone higienizar a diario el bar o el restaurante «puede ser exagerado, pero es legal», según ha indicado este miércoles en un comunicado.

«Ahora bien, previamente se le debería haber informado de ello, solicitando su consentimiento expreso», a juicio de la OCU.

Además, tendría que tratarse de un coste «ajustado» al precio real, y para considerarse una buena práctica empresarial también ha de ser proporcional, es decir, repartido entre quien ofrece el servicio y quienes lo disfrutan.

«Si al cliente se le hubiera intentado cobrar sin haber sido advertido, podrá rechazarlo y denunciarlo ante el organismo de consumo competente, ya sea municipal o autonómico», ha apuntado.

Por otro lado, exigir un consumo mínimo o un tiempo máximo (en terraza) «también es legal, siempre» que se informe previamente al cliente, han añadido desde la organización.

Otro de los aspectos que aclara es que «no es legal» ampliar el espacio de la terraza a costa de dificultar el paso normal de los peatones por la acera; en ese caso, los peatones podrían denunciarlo al Ayuntamiento.

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