Sumar pretende endurecer el régimen disciplinario de jueces y magistrados incluyendo una nueva falta grave en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ): manifestarse públicamente contra “los protagonistas de la vida política”. La formación de Yolanda Díaz ha registrado una enmienda al proyecto de ley para la “ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal”, impulsado por el ministro de Justicia, Félix Bolaños, para que los jueces puedan ser sancionados por asistir a concentraciones o manifestaciones contra decisiones políticas.
La propuesta llega después de la concentración histórica del pasado 28 de junio frente al Tribunal Supremo, en la que cerca de un millar de jueces y fiscales protestaron contra las reformas legales del Gobierno de Pedro Sánchez, en concreto la modificación de la LOPJ y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Sumar plantea introducir un nuevo apartado —el 18 del artículo 418— para tipificar como falta grave “asistir o participar, invocando su condición de juez o sirviéndose de esta condición, en movilizaciones, concentraciones, manifestaciones o protestas públicas, ajenas al ejercicio de la función jurisdiccional, que tengan por objeto evidenciar el acuerdo o desacuerdo con actuaciones desarrolladas por partidos políticos, sindicatos, asociaciones u otras entidades, públicas o privadas, comprometiendo su independencia o su imagen de imparcialidad”.
Según la formación, con esta enmienda se busca “preservar y reforzar la independencia judicial ad intra, evitando que los integrantes del poder judicial realicen manifestaciones políticas públicas o protagonicen injerencias que comprometan su imagen de imparcialidad”. Actualmente, las faltas graves en la carrera judicial pueden acarrear multas de hasta 6.000 euros.
En el texto, Sumar justifica esta restricción como una manera de “defender la separación de poderes” y exige a los jueces mantener “una imagen pública de independencia e imparcialidad”. El partido insiste en que su propuesta no elimina el derecho de manifestación reconocido en la Constitución, pero sostiene que dicho derecho debe quedar “limitado o afectado” cuando los jueces actúan “sirviéndose de su condición” para no poner en riesgo la confianza pública en la justicia.
Para Sumar, la conducta que se pretende sancionar “desborda el deber de actuación prudente y moderado de los jueces” y supone un comportamiento “fuera del ámbito jurisdiccional que pone en entredicho los principios de independencia, imparcialidad e integridad judicial”.