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gracias a la ley trans de Irene Montero

Un condenado por abuso sexual a una menor se cambia de sexo para entrar en una cárcel de mujeres

La ministra de Igualdad, Irene Montero, celebra la aprobación de la ley trans. Europa Press

Juan M.G. abusó sexualmente y en repetidas ocasiones de su hermanastra menor de 16 años, por lo que fue detenido y condenado por la Audiencia de Málaga a diez años de cárcel. Desde que se inició el proceso judicial en 2019, el acusado ha cambiado de sexo y ha pasado a llamarse Irene. Será así como entre en prisión, como una mujer.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decretado recientemente la condena firme para Juan, ahora Irene, a cinco años de prisión. El tribunal estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa, considera que no puede dar por acreditado el acceso carnal y, en consecuencia, la agresión sexual, por lo que ha rebajado su condena a la mitad de lo que consideró en un inicio la Audiencia de Málaga.

Según la sentencia, a mediados de 2019 la ahora acusada, que entonces se llamaba Juan, se presentó en la vivienda de la madre de la menor en Antequera (Málaga), y aseguró ser su hijo, de forma que ésta le acogió en casa.

Allí permaneció el acusado, 21 años mayor que la niña, unos días hasta que se marchó del domicilio, en tanto que la menor, que aún no había cumplido los dieciséis años, ingresó en un centro de protección a la infancia de Álora.

En octubre de ese mismo año la menor se fugó del centro junto a una compañera y pernoctó varias noches en diferentes sitios de la provincia de Málaga, entre ellos un parque y una casa ocupada, en compañía de su supuesto hermanastro.

El 1 de noviembre la menor fue localizada por la Policía y volvió a ingresar en una residencia gestionada por la asociación Mensajeros de la Paz.

No obstante, el acusado y la menor continuaron manteniendo contacto telefónico mediante un móvil que previamente le había facilitado Juan y siguieron viéndose hasta el 10 de febrero de 2020, cuando el centro requisó el teléfono, cesando así toda comunicación entre ambos.

El tribunal considera probado que durante el tiempo que convivieron Juan M. G. besó a la menor en la boca y le realizó tocamientos en sus zonas íntimas en diversas ocasiones.

Además de la pena de prisión, el TSJA le prohíbe acercarse a menos de 100 metros de la víctima, identificada como C., por un período de 12 años y comunicarse con ella por cualquier medio y le obliga a indemnizarla con 7.000 euros.

En cambio, debido a las contradicciones manifestadas por la víctima, no puede dar por acreditado el acceso carnal y, en consecuencia, la agresión sexual.

Por ello, condena al entonces Juan, ahora Irene M. G., a cinco años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años agravado por acceso carnal y prevalimiento.

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