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LA JUEZ DECRETA EL INGRESO EN PRISIÓN

Un senegalés con antecedentes agrede sexualmente a dos mujeres en Tafalla (Navarra)

Un coche de Policía Nacional. Europa Press
Un coche de Policía Nacional. Europa Press

La juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Tafalla (Navarra) ha decretado este jueves el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para el senegalés, de 19 años, detenido el pasado martes por intentar violar a una mujer que había salido a correr por la localidad.

En la resolución judicial, que puede ser recurrida, la juez imputa al agresor, que fue detenido por una pelea, por lo que contaba con antecedentes, dos delitos de agresión sexual -la citada tentativa de violación del pasado día 12, así como otro cometido sobre otra mujer el 5 de julio en la misma localidad- y un delito de lesiones, por las heridas y hematomas que originó a su segunda víctima durante el forcejeo con ella, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

La juez acuerda en el auto otorgar a las dos denunciantes sendas órdenes de protección durante la instrucción de la causa, de forma que el encausado no podrá residir ni acudir a Tafalla y, además, no podrá comunicarse ni aproximarse a ellas a menos de 500 metros.

Tras la declaración del imputado, el Ministerio Fiscal y la acusación particular han solicitado el ingreso en prisión provisional.

La primera agresión sexual denunciada tuvo lugar sobre las 10.45 horas del 5 de julio en la calle Concepción de Tafalla. Cuando una mujer se disponía a dar de comer a una colonia de gatos de la zona, el investigado se le aproximó y comenzó a seguirle hasta que, en un momento dado, cogió con fuerza a la perjudicada primero del hombro en reiteradas ocasiones y después de la cintura, tras decirle en un español rudimentario «te quiero, te quiero». No obstante, la denunciante finalmente logró zafarse del mismo golpeándole con el bolso y huyó.

El segundo intento de violación se produjo sobre las 9.50 horas del pasado día 12, cuando el encausado asaltó a una mujer que se encontraba haciendo deporte por un paraje apenas transitado denominado de la Quintana. Como consecuencia de la agresión y de la resistencia que la víctima opuso, ésta resultó con lesiones que precisaron de puntos de sutura subcutáneos en la rodilla. También padeció varios hematomas por el cuerpo.

Al respecto, la juez relata en la resolución judicial que las dos denunciantes «reconocieron sin ningún género de dudas» al agresor entre diversas fotografías en las que se les mostraron al investigado y a otros sujetos con características físicas semejantes.

La segunda víctima, según recoge el auto de prisión, ofreció un relato pormenorizado y muy detallado de los hechos, coincidente con el efectuado en sede policial, el cual además resulta coherente con las lesiones recogidas en el parte efectuado por el Servicio de Obstetricia y Ginecología y por el Servicio de Traumatología del Hospital Universitario de Navarra el día de los hechos.

Asimismo, destaca la juez, la descripción del agresor efectuada por la mujer «en el momento de interposición de la denuncia instantes posteriores a la producción de los hechos (persona joven, de color, con chancletas de color blanco y azul, pantalón corto y sudadera gris) se corresponde exactamente con el investigado, quien fue detenido momentos después de la agresión, en las inmediaciones del lugar donde se habría producido».

En la resolución, la juez decreta el ingreso en prisión debido al alto riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

Respecto a la necesidad de asegurar la presencia del encausado en el proceso, la juez considera que «en el presente supuesto puede inferirse racionalmente un elevado riesgo de fuga», dado que el senegalés carece absolutamente de arraigo en España, pues, según su declaración en sede judicial, únicamente lleva en el país dos meses, no conoce el idioma, no tiene trabajo ni dispone de bienes o familiares que de él dependan».

De igual modo, la juez también aprecia en el presente supuesto «el riesgo de reiteración delictiva respecto de otras mujeres, pues entre las dos agresiones han transcurrido únicamente 7 días y el investigado ha incrementado de manera considerable la violencia con la que aborda a las víctimas, así como la gravedad de los hechos contra la libertad sexual e integridad física de las mismas».

Por consiguiente, concluye la juez, «y a la vista de la gravedad de los hechos, se considera que no existen otras medidas cautelares menos restrictivas para el investigado que permitan combatir el elevado riesgo de fuga, así como de reiteración delictiva, tanto respecto de las víctimas como respecto de otras mujeres, riesgos a los que sólo se puede hacer frente la medida cautelar de la prisión provisional».

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