«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La denuncia advierte de los «graves riesgos para la población»

Una denuncia judicial sostiene que la presa de Forata (Valencia) acumula graves deficiencias estructurales: «Se encuentra en riesgo de colapso»

Desastre causado por la DANA. Redes sociales

El riesgo real de colapso de la presa de Forata durante la DANA de 2024 fue tan elevado que todas las autoridades centraron sus esfuerzos en evitar una rotura catastrófica de esta infraestructura crítica. La amenaza, advertida por la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), monopolizó las reuniones de gestión de la emergencia mientras otras zonas afectadas quedaban en segundo plano, entre ellas el barranco del Poyo, cuyo desbordamiento provocó la mayor parte de las 230 víctimas mortales registradas en la tragedia.

Sin embargo, según publica el diario El Mundo, una denuncia judicial pone el énfasis en que las graves deficiencias de seguridad de la presa de Forata no se originaron con el episodio meteorológico. El escrito sostiene que los problemas estructurales y de mantenimiento se arrastran desde años antes, lo que situaría a la infraestructura en una situación de riesgo prolongada.

La denuncia, firmada por Clara Isabel Colomer y a la espera de su admisión, advierte de los «graves riesgos para la población» derivados del estado actual del embalse. El documento se apoya en advertencias técnicas realizadas por ingenieros especialistas en infraestructuras hidráulicas, entre ellos Jesús Contreras, miembro de la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y de la Ingeniería Civil.

El escrito solicita que declare la cúpula de la Confederación Hidrográfica del Júcar, comenzando por su presidente, Miguel Polo, ante las «graves deficiencias de seguridad» detectadas. Entre los problemas señalados figura un «problema estructural» que reduce la «capacidad real de desagüe del aliviadero», un elemento clave para liberar agua en episodios de lluvias extremas.

Pero uno de los aspectos más preocupantes señalados en la denuncia es el desagüe de fondo «inoperativo», presuntamente bloqueado por acumulación de lodos incluso antes de la dana. Este sistema es esencial para regular el nivel del embalse y aliviar presión sobre la presa, por lo que su inutilización podría agravar situaciones de crecida.

La denuncia subraya que la avería del desagüe de fondo no es consecuencia de la dana, sino un problema previo cuya reparación «no ha sido acometida aún». El documento añade que las obstrucciones por lodo podrían remontarse incluso a 2007, lo que situaría el origen del problema muchos años antes del desastre.

«Aunque se intenta y aspira a que parezca que todos los daños a reparar se produjeron con la dana, ello no es lo cierto», sostiene el escrito judicial. En consecuencia, advierte que «Forata, antes de dicho evento meteorológico y también ahora, se encuentra en riesgo de colapso hidrológico».

A esta situación se suma otro aspecto clave: la presa no ha pasado la revisión periódica de seguridad desde 2017 y tampoco tiene implantado el plan de emergencia, pese a que fue aprobado en 2013. Según la denuncia, «Forata incumple la normativa básica de seguridad hidráulica» al no haberse realizado la revisión obligatoria dentro del plazo previsto, que expiraba en 2022.

La CHJ no niega este extremo, aunque lo atribuye a problemas administrativos. Fuentes del organismo explican que «el contrato para la redacción de la tercera revisión y análisis general de seguridad de la presa se licitó a finales del año pasado», pero quedó desierto, por lo que debe volver a convocarse.

Pese a todas estas carencias, la presa de Forata resistió la embestida de la dana sin tener implantado el plan de emergencia obligatorio. Esto implica que no se instalaron las sirenas acústicas previstas para alertar a la población en caso de avenida, un sistema que habría permitido avisar con mayor rapidez a las localidades aguas abajo.

La denuncia incluso apunta a posibles responsabilidades penales por el estado de mantenimiento de la infraestructura. En concreto, menciona la «relevancia penal» de estos hechos a la luz del artículo 350 del Código Penal, relativo a riesgos en instalaciones peligrosas, así como un posible delito de falsedad documental contemplado en el artículo 390.

+ en
Fondo newsletter