El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) ha emitido una reprimenda a la Comisión Europea (CE) por el uso indebido de datos personales sensibles en una campaña publicitaria dirigida realizada en la red social X entre el 15 y el 28 de septiembre de 2023. El SEPD dictaminó que la CE carecía de una base legal válida para procesar dichos datos en el contexto de su campaña.
Según el fallo, emitido el pasado 13 de diciembre y adelantado por Brussels Signal, la reprimenda busca principalmente concienciar a la CE sobre la violación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y evitar que se repitan prácticas similares. Aunque no se impusieron sanciones económicas ni órdenes de cumplimiento debido a que la CE ya no procesa los datos personales involucrados. Eso sí, la decisión se considera un precedente importante en la protección de los derechos digitales.
La campaña en cuestión estaba vinculada a la propuesta legislativa de la CE para combatir el material de abuso sexual infantil en línea (CSAM), un proyecto muy controvertido que incluye medidas para escanear comunicaciones privadas. La ONG noyb, especializada en privacidad y con sede en Viena, presentó la denuncia en 2023, alegando que la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior de la Comisión utilizó microsegmentación ilegal para influir en la opinión pública, especialmente en los Países Bajos.
De acuerdo con noyb, la CE habría intentado manipular el debate político en los Países Bajos mediante anuncios dirigidos a usuarios seleccionados según sus opiniones políticas y creencias religiosas. En un informe, la ONG señaló que los anuncios fueron diseñados para excluir a personas interesadas en temas como #Qatargate, Brexit, Marine Le Pen, VOX o Giorgia Meloni, lo que, según noyb, no solo violó el RGPD, sino que también socavó los procedimientos democráticos establecidos entre las instituciones de la UE.
Un portavoz de noyb calificó la decisión del SEPD como un mensaje contundente que debería alertar a otras autoridades de protección de datos y a la propia CE sobre la ilegalidad de este tipo de prácticas. Sin embargo, lamentó que el Supervisor Europeo no haya ido más allá de la reprimenda y haya optado por no imponer una prohibición formal o sanciones económicas, aunque esto último era improbable por las limitaciones legales que rigen las instituciones de la UE.