«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
En aplicación del controvertido artículo 98(f) del Código Penal

Un Tribunal islámico egipcio condena a cinco años de trabajos forzados a un cristiano por supuesta «blasfemia» en redes sociales

Cristiano perseguido. Redes sociales

Un tribunal en Egipto ha condenado al ciudadano cristiano Augustinos Samaan a cinco años de trabajos forzados tras considerarlo culpable de los delitos de «desacato a la religión» y «uso indebido de redes sociales». Samaan, que administraba un canal en YouTube donde publicaba contenidos en los que comparaba el cristianismo y el islam, fue arrestado el 1 de octubre de 2025. Desde entonces, permaneció en prisión preventiva renovada en periodos de 15 días hasta su condena en enero, sin que su defensa pudiera acceder al expediente completo del caso.

La sentencia se dictó en aplicación del controvertido artículo 98(f) del Código Penal egipcio, una norma que penaliza «los pensamientos extremistas con el fin de instigar la sedición y la división, o desdeñar y venerar cualquiera de las religiones celestiales o las sectas pertenecientes a ellas, o perjudicar la unidad nacional o la paz social». La pena máxima prevista es de cinco años.

Según el portal especializado Persecution, un abogado de ADF International ha asumido la defensa del condenado y presentó un recurso de apelación el pasado 24 de abril, alegando vulneraciones del derecho a la libertad de conciencia y al debido proceso.

Algunas organizaciones de derechos humanos han denunciado la aplicación cada vez más amplia de este tipo de figuras penales. Según estas entidades, decenas de ciudadanos pertenecientes a minorías religiosas han sido procesados en Egipto desde agosto de 2025 por contenidos considerados «blasfemos».

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