La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha avalado el veto que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió sobre el ‘pasaporte Covid’ que el Gobierno autonómico presidido por Juanma Moreno (Partido Popular) quería imponer para que sólo pudiesen entrar en los establecimientos públicos las personas con certificado digital de vacunación o acreditación de una prueba negativa realizada en las 72 horas anteriores.
Así, ha tumbado la medida propuesta por la Junta al entender que no estaba bien planteado. Otras comunidades habían intentado aplicarlo en la hostelería y el ocio nocturno y ya chocaron con sus respectivos Tribunales Superiores. Sólo se aceptó en Baleares, pero para residencias de mayores y acceso a grandes eventos.
La decisión del Supremo ratifica el auto del TSJA que denegó su aval a la Orden de 5 de agosto de la Consejería de Salud y Familias de Andalucía para «limitar el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y hostelería con música» a las personas que pudiesen acreditar un certificado Covid digital de la Unión Europea.
El Supremo coincide con el Tribunal andaluz en que la Junta lo hizo mal porque no justificó suficientemente la medida y quería imponer en todo el territorio andaluz, con independencia de la tasa de incidencia. El TSJA entendía también que la petición del pasaporte Covid puede afectar a derechos fundamentales como el derecho a la intimidad personal.
Andalucía es la primera comunidad autónoma que ha obligado al Tribunal Supremo a pronunciarse, aunque hay otras tres comunidades (Canarias, Galicia y Cantabria) que querían aplicar el certificado Covid para acceder, en su caso, a locales de hostelería y restauración y que también se encontraron el rechazo de sus Tribunales Superiores de Justicia.