El pleno de la Corte Constitucional de Ecuador ha aprobado este miĆ©rcoles la despenalización del aborto por violación al declarar inconstitucionales parte de dos artĆculos del Código Integral Penal (COIP) referentes a este aspecto. Con siete votos a favor y dos en contra, ha dado luz verde a las solicitudes de inconstitucionalidad presentadas por tres grupos feministas.
La decisión cuenta con la oposición de la mayorĆa de los ecuatorianos. El 77,68 % de los ciudadanos son provida y el 77,24 % estĆ” en contra que la Corte Constitucional cambie la norma que protege a la vida desde la concepción sin consultarles, segĆŗn un sondeo de la encuestadora Click.
La juez Karla Andrade Quevedo ha presentado en la sesión el proyecto sobre la petición de inconstitucionalidad para los artĆculos 149 y 150, siendo finalmente ambos declarados como tal.
Mientras el primero recogĆa que se sancionase el aborto con una pena de seis meses a dos aƱos de cĆ”rcel tanto al mĆ©dico que realice el procedimiento, como a la mujer que lo haga, el segundo detallaba las situaciones en las que el aborto era punible. AsĆ, el pleno ha optado por modificar el numeral 2 del artĆculo 150, en el que se recoge que el aborto no serĆ” punible Ā«si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mentalĀ».
De este apartado se ha eliminado la frase «que padezca de discapacidad mental», por lo que, una vez que se publique en el Registro Oficial el Fallo de la Corte, recogerÔ que no se penalice la interrupción del embarazo si es «consecuencia de una violación a una mujer».
Mientras queda por definir cómo se aplicarĆ” la norma, si el Constitucional exige a la Asamblea Nacional la reforma del COIP o emite una sentencia modulatoria, el artĆculo 150 contemplarĆ” que el aborto practicado por un mĆ©dico, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, si no es posible que ella decida, Ā«no serĆ” punibleĀ» en dos casos, Ā«si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros mediosĀ» o Ā«si el embarazo es consecuencia de una violaciónĀ».