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TRAS APARECER COMO 'Ladrona de la Nación Argentina'

La justicia argentina se somete de nuevo a la presión de Kirchner ante el ‘caso Google’

“Ladrona de la Nación Argentina”. Así aparecía mencionada en el buscador de Google la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner allá por mediados el año pasado y fue causa de una denuncia contra la empresa y motivo de bronca e indignación para la multiprocesada mandataria.

La novedad de estas horas es que continúan los beneficios judiciales en favor de vicepresidenta. En esta ocasión, una fallo de la Corte Suprema de Justicia Argentina desestimó un pedido de la empresa Google en una demanda que entabló en su contra la exJefa de Estado. Esto se debe a la denuncia que hizo porque en el buscador de Google apareció una leyenda que la difamaba al definirla como “ladrona de la Nación Argentina”.

En los fundamentos de su denuncia, Cristina Kirchner destacó: “la acción judicial también pretende plantear una cuestión compleja y profunda, propia de los tiempos que corren: ¿Existe algún tipo de defensa para las personas que resultan víctimas de este tipo de acciones perpetradas por un gigante informático como Google?»

Con una resolución a favor de Cristina Kirchner, la Corte Suprema puso fin a la discusión planteada sobre la solicitud de prueba anticipada en la causa entre la vicepresidenta y Google por las menciones difamatorias. Los jueces del máximo tribunal rechazaron el recurso de per saltum solicitado por la empresa de internet en octubre de 2020 en la que requería su intervención para revisar la resolución de una instancia previa. 

Según esta sentencia, Google deberá entregar todos los datos asociados al nombre de Cristina Kirchner desde el 17 de mayo de 2020 hasta el comienzo del peritaje informático. Las medidas habían sido ordenadas en primera instancia por el juez Javier Pico Terrero, pero Google se había opuesto argumentando que la vicepresidenta no había demostrado que la prueba no se podía efectuar tras la promoción de la demanda.

Google objetó ser responsable de esa situación y buscó impedir que se acceda al servidor de la empresa por entender que eso implicaría una «violación al secreto comercial». La Justicia argentina determinó finalmente que el buscador «deberá conservar los datos sobre ella hasta que se realice una pericia».

«El per saltum es un recurso por salto de instancia, es decir, que se otorga frente a hechos de gravedad institucional. Por definición es un recurso sumamente excepcionalísimo. En este caso la Cámara ya se ha expedido, ha sido sumamente clara. Google repite los argumentos que ya se han desestimado«, confirmó el abogado de Cristina Kirchner, Luis Goldin.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones, compuesta por Alfredo Gusmán, Eduardo Gottardi y Ricardo Recondo consideró que “las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las medidas de prueba” como las solicitadas por Cristina son inapelables. Pese a ello, la empresa fue a la Corte Suprema y es así que en la acordada del pasado jueves los ministros Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti rechazaron el planteo de Google.

«Vistos los autos: «Recurso de hecho deducido por Google LLC en la causa Fernández de Kirchner, Cristina Elisabeth c/ Google LLC s/ incidente» para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se desestima la presentación. Declárase perdido el depósito. Notifíquese y archívese» sostiene la resolución.

Recordamos que en agosto de 2020 la exmandataria Argentina presentó una demanda contra Google por haber aparecido mencionada en su buscador como “ladrona de la Nación Argentina”. Por esta razón, sus abogados pidieron de inmediato conservar todos los datos asociados a su nombre desde el 17 de mayo de 2020 hasta el día en que se realice una pericia informática.

El juez en lo Civil y Comercial Federal Javier Pico Terrero hizo lugar a esa solicitud de prueba anticipada y Google presentó una apelación por considerar “improcedente” el dictado de esa medida y que no se cumplían los motivos que cita el Código Civil y Comercial para ese tipo de requisitorias.

La Cámara validó la resolución del juez de primera instancia y desestimó la apelación de Google en un fallo en el que subrayó “la inapelabilidad de las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas”.

La oficina de prensa de la vicepresidenta emitió un comunicado en el que celebró la decisión de la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones y sostuvo que “la Justicia nuevamente le dio la razón a Cristina”. En este sentido, desde su entorno se destacó que la presidenta del Senado «tendrá el pedido de prueba anticipada y podrá entrar a los servidores de Google para garantizar que no se altere ninguna información que se haya elaborado con el único fin de dañarla».

Como medida de prueba solicitaron que se detalle de forma clara y precisa cómo se genera esta publicación, durante cuánto tiempo estuvo activa y qué cantidad de visualizaciones tuvo teniendo en cuenta que el propio buscador afirma tener 3 billones de visitas diarias para determinar toda la información que influenciará en el monto de la demanda reclamada.

«En suma, Google publicó en su plataforma y bajo su responsabilidad, información falaz y agraviante con relación a Cristina Fernández de Kirchner, mancillando su nombre, imagen y honor”, denunciaron los abogados. En un comunicado, la exJefa de Estado anticipó que los montos que se puedan percibir con la demanda serán donados íntegramente al Hospital de Niños “Sor María Ludovica” ubicado en la ciudad de La Plata en la provincia de Buenos Aires.

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