En días pasados, el senador morenista Ricardo Monreal dio a conocer en su página de internet la iniciativa que presentaría en el Senado para regular las redes sociales en el país.
Después de varias reacciones negativas y críticas en la opinión pública ante esta propuesta, el Senador decidió retrasar tres semanas la presentación oficial de esta iniciativa de ley ante la Cámara alta.
Al parecer se echó para atrás no solo por la ola de indignación, sino que el mismo López Obrador se desmarcó de dicha iniciativa.
“Se trata de temas polémicos. Yo soy partidario de que no se regule lo que tiene que ver con los medios de comunicación, que la prensa se regule con la prensa, que no haya ningún mecanismo de censura”, dijo AMLO.
No sería la primera vez que Ricardo Monreal retrocede en sus intenciones, ya le pasó anteriormente con la iniciativa que estipulaba la eliminación de comisiones que cobran los bancos, así como aquella que planteaba la reforma al Banco de México.
Lo curioso es que muy seguramente esta iniciativa fue pensada por el senador, para ganarse la simpatía del titular del ejecutivo quien –en el contexto de la suspensión de Donald Trump, así como la reciente purga que llevó a cabo Twitter México de algunas cuentas afines al gobierno morenista– había asegurado que los grandes informáticos proveedores del servicio de redes sociales necesitaban un freno para proteger la libertad de expresión de los ciudadanos y hasta llegó a proponer la creación de una red social nacional “libre de censura”.
Pero, ¿cuál es el contenido de esta propuesta legislativa?, es nuestra obligación analizarla más allá de las filias y fobias de cualquiera que sea nuestro bando para poder determinar si es necesario o no, que la mano estatal se haga presente en este terreno hasta ahora inmaculado, el de las “benditas redes sociales”.
La dichosa iniciativa propone reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión “a efecto de establecer las bases y principios generales de la protección a la libertad de expresión en las redes sociales, así como dotar al Instituto Federal de Telecomunicaciones de las atribuciones necesarias con el fin de que pueda garantizar el ejercicio de dicho derecho humano en el ámbito del ciberespacio, y establecer límites claros a los propietarios de las mismas respecto de la suspensión y eliminación de cuentas, aportando a la seguridad jurídica de usuarios y prestadores del servicio”.
En primer término, se plantea establecer en la ley una definición de “redes sociales”, así como una categorización para distinguir a las redes sociales “relevantes”, que son aquellas que cuenten con más de un millón de usuarios, lo que las hace capaces de generar un impacto mayor en los procesos de deliberación ciudadana.
Se propone disponer para los prestadores del servicio de redes sociales, la obligación de solicitar al Instituto de Telecomunicaciones una autorización para poder continuar su actividad. Entre otras cosas, para obtener esta autorización deberá someter a la aprobación del Instituto los términos y condiciones del servicio, es decir, las normas comunitarias en las cuales se basan para definir qué tipo de contenidos o perfiles deben ser suspendidos o dados de baja definitivamente de las redes sociales, así como incorporar en sus lineamientos internos el procedimiento expedito al que hace referencia la propia iniciativa referente a la impugnación que los usuarios pueden hacer valer como medio de defensa frente a la suspensión de cuenta o perfil; la eliminación de contenido, y la cancelación definitiva de cuenta o perfil.
La prestadora del servicio deberá crear en su estructura interna un área que específicamente resuelva las impugnaciones de los usuarios, compuesta por personas físicas debidamente capacitadas en materia de derechos humanos y libertad de expresión. Prohibiéndoles para el efecto que las impugnaciones sean resueltas mediante el uso de algoritmos o cualquier otra tecnología.
Posteriormente, si la empresa no resuelve la impugnación dentro del plazo de 24 horas o resuelve de forma no favorable al usuario, se plantea un mecanismo de queja ante el Instituto de Telecomunicaciones por violaciones al derecho humano de libertad de expresión, pudiendo en dado caso, si así lo determina el Instituto, ordenar a la empresa denunciada que levante la suspensión de la cuenta o perfil, vuelva a publicar el contenido que fue eliminado o active nuevamente la cuenta o perfil que haya sido cancelado.
En resumen, con sus áreas de oportunidad, lagunas e indefiniciones, parece que, en efecto, la intención de la iniciativa es proteger la libertad de expresión de los usuarios de redes sociales, evitando la censura masiva y discrecional de los particulares propietarios y proveedores del servicio.
Al menos, de este superficial estudio de la propuesta de reforma a la Ley de Telecomunicaciones, (misma que todavía no ha sido presentada oficialmente por el senador Monreal), no se desprenden los focos rojos y peligros de censura gubernamental de los que tanto se hizo mención en días pasados, al contrario, creo que como usuarios de redes sociales deberíamos al menos discutir la posibilidad de imponerle a las grandes empresas un mecanismo que pueda proteger nuestros derechos a la libre expresión, no podemos seguir concibiendo a las redes sociales como un espacio privado en el cual tu permanencia puede ser eliminada de forma sumaria y sin ningún medio de defensa, teniendo en cuenta que la afectación que le produce a un ciudadano, es significante y desproporcionada. Vamos, en la era de la información quedarte sin la posibilidad de tener una cuenta en una red social, significa simple y llanamente quedarte fuera del debate público. Una especie de muerte virtual.
Dicho esto, y una vez que se retome esta discusión, sería deseable que el debate sea jurídico y no político, (de ambos lados), ponderando los derechos individuales y el efecto que tiene su sano ejercicio en el entorno democrático.