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NO SE CUMPLEN LOS CRITERIOS PARA CONCEDERLO

VOX presenta alegaciones ante el Supremo contra el indulto a los golpistas

VOX ha presentado un escrito de alegación ante el Tribunal Supremo en el que muestra su «rotunda oposición» a la posibilidad de que se conceda el indulto a los condenados por el golpe de Estado en Cataluña.

La formación, que ejerció la acusación popular en la causa, ha señalado en sus alegaciones que no se cumplen los criterios que la ley establece para concederlo.

En este sentido, alega que los indultos a los condenados supondrían que el Gobierno envía el mensaje a la sociedad de que los delitos cometidos contra el orden constitucional se saldan con la «más absoluta impunidad».

En su escrito, el equipo jurídico de VOX evidencia que las condiciones establecidas por ley para conceder la medida de gracia no se cumplen. Y advierte: “No se debe consentir que el Gobierno, por intereses partidistas, electoralistas o ideológicos, pretenda utilizar este medio para blanquear una actuación delictiva que de ninguna forma puede ser interpretada como un posicionamiento político, sino como una vulneración de la legalidad”.

De esta manera recuerda que «en ningún momento, los condenados manifestaron o trataron de impedir las consecuencias lesivas de sus acciones».

En cuanto al criterio de equidad, «no concurre presupuesto de desproporcionalidad de la pena», sino que «el sistema penológico aplicado resulta más favorable a los penados atendiendo a la concurrencia medial de delitos, de la que resultaron beneficiados». Y recuerda que no han sido restituidos los caudales públicos, malversados con su actuación.

Sin reconocimiento de culpabilidad

Por otro lado, VOX explica que ninguno de los condenados “manifestó, antes, durante o posteriormente, ni siquiera de forma indirecta, la aceptación y reconocimiento de culpabilidad» y que «siempre que han tenido ocasión, manifestaron su voluntad de repetir los actos si tuvieran ocasión».

VOX recuerda al Tribunal Supremo que los condenados «corrompieron las funciones que los propios ciudadanos les habían encomendado, abusando de las mismas para sus fines ilícitos».

Por último, rememora que «cuando la motivación de la aplicación de la medida descansa en razones de conveniencia política y no en motivos particulares de carácter excepcional que lo justifiquen se incurre en arbitrariedad y abuso de poder, que -en todo caso- se encuentra vedado por nuestro ordenamiento jurídico, artículo 9, 10 y 103 CE, así como por los principios inspiradores de nuestro derecho y de interpretación del texto legal del indulto».

Tras el informe negativo de los fiscales y las alegaciones contrarias a los indultos por parte de VOX, aún queda por conocer la posición al respecto tanto de Abogacía del Estado como del tribunal sentenciador. Una vez se conozcan estos, el Ejecutivo de Pedro Sánchez decidirá si concede el indulto o no a los doce condenados, con independencia de esos informes, que no son vinculantes.

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