El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del «sólo sí es sí» asciende al menos a 36, entre revisiones de condena a la baja (32) y sentencias posteriores en la aplicación de la norma (4).
Entre los casos de revisión de sentencia y rebaja de pena, las fuentes consultadas han confirmado 20 en Madrid, dos en Baleares, dos en Galicia, dos en Castilla y León, uno en Andalucía, uno en Asturias, uno en Cantabria, uno en Castilla-La Mancha, uno en Murcia y uno en Canarias. 10 de estos 32 casos han conllevado la excarcelación de los condenados: seis en Madrid, dos en Baleares, uno en Galicia, y uno en Cantabria.
Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas, la Audiencia Provincial de León en dos y la Audiencia Provincial de Barcelona han dictado una sentencia por un delito consumado de violación.
En sus resoluciones, los magistrados han indicado que estos casos responden a la aplicación de la nueva ley. Y han precisado que aunque la normativa no aclara si debe ser o no aplicada a procedimientos en trámite o con sentencia firme, el propio Código Penal en su artículo segundo indica que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo».