«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
El presidente afirma que no es aceptable que recursos públicos vayan a desinformación

Así es la ley de Zapatero que Sánchez sustituirá para dar «transparencia» a la financiación de los «pseudomedios»

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Europa Press

Ayer lunes, Pedro Sánchez anunció su intención de modificar la Ley de Publicidad Institucional de 2005, instaurada por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, como parte de su plan de «calidad democrática» que presentará en el Congreso el próximo 17 de julio. En una entrevista en la Cadena SER, el presidente del Gobierno destacó que la ley «ya tiene 20 años» y «no incorpora el fenómeno de la digitalización de la información».

Sánchez subrayó la importancia de incorporar transparencia en la financiación pública de medios digitales y tabloides, siguiendo el ejemplo de Europa. Señaló que «no es aceptable que con recursos públicos se esté financiando la desinformación y los bulos, como estamos viendo por parte de algunos gobiernos de la derecha y la ultraderecha».ç

La Ley 29/2005 de Publicidad y Comunicación Institucional establece el régimen para «las campañas institucionales de publicidad y de comunicación promovidas o contratadas por la Administración General del Estado y las entidades del sector público estatal». Define una campaña institucional como «toda actividad orientada a la difusión de un mensaje u objetivo común, dirigida a una pluralidad de destinatarios, utilizando un soporte publicitario pagado o cedido por un ente público«.

La ley especifica que estas acciones publicitarias solo pueden promoverse o contratarse con fines como «la difusión de los valores y principios constitucionales«, «informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones legales», o «advertir de medidas de orden o seguridad públicas». Añade que «las campañas institucionales de publicidad y de comunicación se desarrollarán exclusivamente por razones de interés público y en el ejercicio de competencias propias«.

En cuanto a los contratos, la ley establece que «se adjudicarán respetando estrictamente los principios de publicidad y concurrencia, y atendiendo siempre a criterios objetivos«. Además, prohíbe las campañas que busquen «destacar los logros de gestión» de la administración contratante, las que «menoscaben, obstaculicen o perturben las políticas públicas», y las que «inciten a la violencia o a comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico». Permite que cualquier persona física o jurídica afectada pueda solicitar la cesación inmediata o la rectificación de campañas que infrinjan estas prohibiciones.

La disposición también creó la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional, adscrita al Ministerio de Presidencia, con «representantes de todos los departamentos ministeriales con rango, al menos, de Subdirector General». Esta comisión elabora anualmente un plan de publicidad y comunicación, basado en las propuestas de todos los ministerios, que debe ser aprobado por el Consejo de Ministros.

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