«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Consideran que este fallo busca deliberadamente ignorar las sentencias previas

Cinco magistrados se rebelan contra Conde-Pumpido por «manipular» la doctrina del Constitucional sobre los estados de alarma

El presidente del Tribunal Constitucional de España, Cándido Conde-Pumpido. Europa Press

Cinco magistrados del Tribunal Constitucional han emitido un voto particular en el que critican duramente la reciente sentencia que revisa la doctrina sobre los estados de alarma. Según ha adelantado El Debate, estos jueces aseguran que el bloque progresista de la Corte ha impuesto su visión para responder a una cuestión que no fue planteada en el recurso. Consideran que este fallo busca deliberadamente ignorar las sentencias previas del Tribunal Constitucional, en las que se declaró inconstitucional la gestión de los estados de alarma por parte del Gobierno de Pedro Sánchez en 2021.

El ponente de esta nueva sentencia, el magistrado Juan Carlos Campo, sostiene que la demanda introdujo una queja distinta a las anteriores, lo cual justificaría una revisión de la doctrina vigente del Tribunal. Sin embargo, los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa, Ricardo Enríquez y José María Macías, firmantes del voto particular, rechazan esta interpretación y sostienen que el fallo crea una «queja inexistente» para abordar de manera forzada una modificación de la doctrina.

El recurso original, presentado por VOX contra una ley gallega que restringía derechos durante la pandemia, se centraba en la posible vulneración del artículo 81.1 de la Constitución Española. Los magistrados disidentes afirman que, a pesar de esto, el fallo se desvía y pretende justificar una revisión de los precedentes sobre los estados de alarma, un tema que, según ellos, no era necesario para resolver el caso.

El voto particular añade que la sentencia comete un «exceso de jurisdicción» con el único propósito de dejar sin efecto la doctrina establecida por la sentencia 148/2021, la cual declaró inconstitucionales algunas medidas de los estados de alarma implementados por el Ejecutivo de Sánchez. Estos magistrados sostienen que el fallo reinterpreta la jurisprudencia del Tribunal de forma innecesaria, al introducir y responder a una cuestión no solicitada por Vox, lo cual critican como un ejercicio de «autocontestación» de la propia sentencia.

Además, los cinco jueces acusan a sus colegas de «camuflar» la revisión de la doctrina como una supuesta «evolución natural» de la jurisprudencia, cuando, en su opinión, no hay tal avance. Consideran que la sentencia sigue de manera explícita las opiniones particulares que en su día expresaron el actual presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y la magistrada María Luisa Balaguer. Estos votos particulares, junto con los de otros miembros del bloque progresista que ya no están en la Corte, se opusieron a la declaración de inconstitucionalidad de las restricciones de la pandemia, justificándolas por razones de salud pública.

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