El Alto Tribunal anula, además, la convocatoria del referéndum del 1-O.
El Tribunal Constitucional ha decidido no admitir el recurso presentado por la Generalitat de Cataluña contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución en esa comunidad autónoma.
El Constitucional sostiene que el recurso se presentó de forma prematura, pues fue registrado antes de que el Senado votara y aprobara las medidas planteadas por el Ejecutivo central.
Por otra parte, el Tribunal Constitucional ha dictado otras tres sentencias en las que anula sendas normas o disposiciones dentro del proceso separatista catalán, entre ellas el decreto de convocatoria del referéndum del 1 de octubre.
Las sentencias también declaran inconstitucionales, y por tanto nulos, el decreto de la Generalitat de normas complementarias para la celebración de ese referéndum y la resolución del Parlament de Cataluña por la que se designaron los miembros de la sindicatura electoral de Cataluña.
Las tres sentencias son consecuencia de la dictada el pasado 17 de octubre en la que se declaró nula e inconstitucional la ley del referéndum por invadir competencias estatales y por vulnerar principios constitucionales como la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española.
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