«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
LEY DE 'MEMORIA DEMOCRÁTICA'

Cuéntame cómo pasó: ETA se convierte en guionista del régimen

La portavoz de Bildu en el Congreso, Mertxe Aizpurua
La portavoz de Bildu en el Congreso, Mertxe Aizpurua. Europa Press

Se acaban de cumplir 25 años de la liberación de José Antonio Ortega Lara, el mayor golpe moral y propagandístico de la historia contra ETA, que reaccionó secuestrando y asesinando a Miguel Ángel Blanco poco después. España pasó de la euforia a la indignación en apenas unos días y millones de españoles tomaron las calles amenazando el fin de la fiesta del PNV y el resto del separatismo. 

Durante aquellos días de julio se vivieron imágenes insólitas con herriko tabernas cercadas por vecinos al grito de “asesinos” dirigido a quienes, ya de noche, saldrían escoltados por la policía. Años más tarde Batasuna fue ilegalizada, estéril espejismo pues, como los gudaris agazapados detrás de la barra, fue rescatada por el sistema. 

Un cuarto de siglo después ETA no mata pero está políticamente representada en ayuntamientos, parlamentos vasco y navarro y hasta el Congreso de los Diputados. Bildu se ha convertido en socio del Gobierno, más aún, es parte de la dirección del Estado. El último ejemplo es el pacto alcanzado para aprobar la nueva ley de ‘memoria democrática’, eufemismo con el que se oculta que los terroristas impondrán junto al PSOE, la extrema izquierda y el separatismo sanciones de entre 10.001 a 150.000 euros a quienes rebatan la verdad oficial sobre la Guerra Civil, el franquismo o la transición. 

Este último punto es novedoso, ya que la enmienda de Bildu incluida en el texto, que llegará el 4 de julio a la comisión Constitucional y luego al pleno, amplía la aplicación de algunas medidas de la ley desde 1976 -como pedía el PSOE- hasta diciembre de 1983, lo que acabará afectando a la monarquía

Bildu también ha introducido en la norma la creación de una comisión independiente que indague sobre la “conculcación de los derechos humanos” durante el franquismo hasta esa fecha. La intención final es que la revisión de la historia llegue hasta nuestros días con ETA convertida en guionista de Cuéntame cómo pasó.

De esta forma, el PSOE confía su permanencia en el poder y la bandera de los derechos humanos a Mertxe Aizpurúa, portavoz de Bildu y editora del diario filoterrorista Egin cuando publicó “Ortega vuelve a la cárcel” el día de la histórica liberación en julio de 1997. Esta plena integración de ETA en el sistema jamás se habría producido sin el proceso que Zapatero impulsó con la ley de memoria histórica en 2007: primero se reivindica históricamente la II República y luego se repite -como farsa- el Frente Popular.

Por este motivo el espíritu de esta nueva ley -zapaterismo de segunda generación- no pretende reparar posibles injusticias cometidas con víctimas de la guerra, sino reescribir la historia, condenar a una generación de españoles, arrinconar al adversario político y, aunque no se diga explícitamente, sentar a la monarquía en el banquillo de los acusados.

Para alcanzar la última meta es necesario impregnar de memoria democrática a todas las instituciones del Estado, algo que ya sucede con movimientos convertidos en leyes. Es el caso del LGTBI o el feminista, que tienen incluso sus días oficiales. Por supuesto, la nueva norma también propone los suyos: el 8 de mayo (para equiparar el franquismo con el nazismo, pues se conmemora la rendición alemana durante la II Guerra Mundial) y el 31 de octubre (fecha en la que la Constitución de 1978 recibió luz verde en las cámaras).

Claro que en una atmósfera tan asfixiante es complicado salirse del discurso oficial. Y quien lo haga deberá enfrentarse a sanciones económicas, ilegalización de asociaciones, el cierre de locales (¿medios de comunicación?) donde se emitan opiniones contrarias a la ley o la confiscación de bienes, medios o instrumentos con los que se haya preparado o ejecutado la infracción. En definitiva, un auténtico régimen de terror. 

A continuación, algunos de los artículos más totalitarios de la ley:

Artículo 3 (víctimas).

3. Una persona será considerada víctima con independencia de que exista o no autoría conocida de la violación de sus derechos. 

Artículo 7. 

Se declara el día 31 de octubre de cada año como día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura.

Artículo 8. Día de homenaje a las víctimas del exilio

Se declara el día 8 de mayo de cada año como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura. 

Artículo 62. Infracciones

Son infracciones muy graves:

e) Las convocatorias de actos, campañas de divulgación o publicidad que por cualquier medio de comunicación pública, en forma escrita o verbal, en sus elementos sonoros o  en sus imágenes sean contrarias a la normativa sobre memoria democrática, inciten a la exaltación de la Guerra o de la Dictadura, cuando entrañe descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares.

Artículo 63. Para infracciones muy graves: multa entre 10.001 a 150.000 euros.
4. En el caso de las infracciones muy graves o graves, la resolución sancionadora podrá acordarse motivadamente la imposición, junto a la sanción económica, de alguna o algunas de las siguientes sanciones accesorias, atendiendo a la naturaleza de los hechos constitutivos:

a) El cierre temporal, por un período de seis meses y un día a dos años, de los locales o establecimientos públicos donde se realicen actos de exaltación, enaltecimiento o conmemoración del golpe militar de 1936, de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra, de la Dictadura o de sus dirigentes.

b) El comiso de los bienes, medios o instrumentos con los que se haya preparado o ejecutado la infracción, salvo que unos u otros pertenezcan a un tercero de buena fe no responsable de dicha infracción que los haya adquirido legalmente.

Disposición Adicional séptima. Disolución de asociaciones.

En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley, se promoverá la modificación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, con el objeto de incluir como causa de disolución de las asociaciones la realización pública de apología del franquismo y la incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo por su condición de tales. 

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