«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
El fallo recoge prácticamente la ponencia redactada por Inmaculada Montalbán

El Tribunal Constitucional de Conde-Pumpido consuma la traición a España y avala la amnistía al golpe separatista

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto al presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. Europa Press

El Tribunal Constitucional ha avalado este jueves la ley que amnistía el golpe separatista en una primera sentencia que da respuesta al recurso contra todo el texto, por lo que servirá de guía para las demás impugnaciones —más de una treintena—.

Los magistrados han vuelto a reunirse en la última sesión del Pleno monográfico que comenzó el pasado lunes. A lo largo de la semana, en una deliberación organizada por bloques temáticos, la mayoría izquierdista descartó presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), y determinó que la Constitución no prohíbe las leyes de amnistía y, finalmente, que la amnistía al golpe es válida.

Las sucesivas decisiones se fueron adoptando por una mayoría de seis magistrados izquierdistas frente a cuatro, misma aritmética con la que el TC ha dictado sentencia respaldando el núcleo duro de la amnistía.

El fallo ha recogido prácticamente la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, que el presidente de la corte de garantías, el socialista Cándido Conde-Pumpido, calificó de «excelente» al inicio de las deliberaciones.

Cuatro magistrados han avanzado que anexarán a la sentencia los votos particulares en los que fijan su discrepancia con la decisión porque la norma es inconstitucional y que el fallo de la corte de garantías no nace de una «deliberación colegiada genuina, sino de una resolución preconfigurada».

«No comparto ninguno de los argumentos ni, por supuesto, el fallo, de la sentencia recaída en el presente recurso de inconstitucionalidad», señala el magistrado Enrique Arnaldo en uno de los votos particulares. Arnaldo considera que la norma es «inconstitucional en su conjunto, y lo es con toda evidencia para cualquier juez de la constitucionalidad».

El magistrado sostiene que la ley de amnistía va «frontalmente» contra «principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional: la seguridad jurídica, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la separación de poderes, la independencia del poder judicial y la exclusividad jurisdiccional, así como la propia supremacía de la Constitución, a la que están sujetos todos los poderes públicos y también, por consiguiente, las Cortes Generales».

En la misma línea se ha expresado el magistrado César Tolosa, que en otro voto particular ha denunciado que el Pleno que ha fallado es fruto de un procedimiento «sin cobertura legal», por cómo se apartó a su compañero José María Macías, al tiempo que ha criticado cómo se ha gestado esta primera sentencia.

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