El Partido Popular puede parar el golpe a la Nación y al Estado en el Senado y si no lo hace, se convertirá en cómplice. Tras la aprobación el pasado 23 de enero —en otro acuerdo ominoso que supera los anteriores si cabe, entre Pedro Sánchez, Puigdemont y Junqueras, con el evidente placet de Otegui— de las enmiendas a la proposición de ley sobre amnistía, incluyendo los delitos de terrorismo, es imperativo volver a exigir al PP que ejerza sus responsabilidades y ponga fin a la tramitación en el Senado.
Sé que este breve artículo no alcanzará eco en las grandes televisiones y radios de España, pues la experiencia nos dice que no importan tanto la verdad y la defensa de la patria como la mal entendida lealtad a un partido o las relaciones de poder, interés y rentabilidad que han convertido a los medios principales en sujetos decisivos en la consolidación del Estado de partidos en que se ha convertido nuestra democracia. Ojalá me equivoque. Haré todo lo posible porque estas líneas lleguen a esas radios y televisiones, que usted lector conoce de sobras, a fin de dar voz a quienes no se resignan a la trituradora parlamentaria del separatismo, en el que hay que incluir ya a Pedro Sánchez.
Leo en una agencia de noticias que ayer la Mesa del Senado —controlada por el PP gracias a su mayoría absoluta— acordó inadmitir las enmiendas a la proposición de ley que reforma el artículo 49 de la Constitución para reforzar los derechos las personas con discapacidad, presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal. El argumento de la Mesa del Senado es que el contenido de estas enmiendas «excede el objeto» de la reforma propuesta y «no guardan relación con el artículo 49» de la Constitución, con lo que deberían «seguir su propio trámite». Bien está.
Sin embargo, los voceros del PP han dicho por activa y por pasiva que la Mesa del Senado no puede inadmitir la proposición de Ley de amnistía que venga del Congreso, aunque sea injusta, inmoral y antinacional, manifiestamente inconstitucional y contraria al Tratado de la Unión, la Carta Europea de Derechos Fundamentales, la Directiva 2017/541 relativa a la lucha contra el terrorismo y, en general, los principios reconocidos por la comunidad de las naciones civilizadas.
Por supuesto que la Mesa del Senado puede y debe calificar la proposición de ley de amnistía que apruebe el Congreso e inadmitirla, sin más. España, su unidad, la igualdad de los españoles, la legalidad misma, la seguridad jurídica, y la tutela judicial de guardias civiles, policías, y de todos los españoles está en riesgo. ¿O es que Génova 13 va a hacer aquello de Zapatero, de «aprobaré el estatuto de autonomía que hagan los separatistas»?
Y voy a dar un argumento muy sencillo, de fácil comprensión jurídica, sin elevadas citas ni referencias de jurisprudencia.
El martes 21 de noviembre la Mesa del Congreso de los Diputados calificó la Proposición de Ley Orgánica de amnistía, con los votos a favor de los partidos que sostienen a Sánchez. y ese informe falsario del Letrado Mayor-Secretario General, Fernando Galindo. Entonces, ¿la Mesa del Congreso puede calificar el texto pero no el Senado? ¿En qué artículo de la Constitución se impone la sumisión de la Cámara Alta a la Baja?
Analicemos sucintamente al asunto y que los senadores del PP, guiados por Génova, decidan. Pero han de saber que esa decisión será determinante de la historia próxima de España.
La Mesa del Congreso de los Diputados es competente para decidir sobre la calificación y admisión a trámite de cualquier iniciativa, por aplicación del artículo 31.1. 4º y 5º del Reglamento del Congreso de los Diputados (RC) donde se dice literalmente: «4º. Calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como declarar la admisibilidad o inadmisibilidad de los mismos. 5º. Decidir la tramitación de todos los escritos o documentos de índole parlamentaria, de acuerdo con las normas establecidas en este Reglamento».
Si ese artículo es el que habilitó a la Mesa del Congreso para decir que adelante con los faroles de amnistiar al golpismo, a los corruptos y terroristas, vamos a ver qué dice el Reglamento del Senado.
Pues resulta que el Reglamento del Senado expresamente dispone el artículo 36, letra d) que corresponde a la Mesa del Senado c) Calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como decidir sobre su admisibilidad y tramitación.
Es decir, exactamente lo mismo: calificar y decidir sobre la admisibilidad y tramitación. Las mismas funciones, como es de exigir de un sistema bicameral, imperfecto pero bicameral donde la representación de la soberanía nacional se hace recaer en las Cortes Generales, esto es, Congreso y Senado, y no en el Congreso como parece admitir ingenuamente Feijoo.
Entonces, ¿qué impide que la Mesa del Senado califique la proposición de Ley de Amnistía negativamente por manifiestamente inconstitucional y decida su inadmisibilidad? Pues nada. Absolutamente nada. Y por eso estas líneas. Para volver a exigir a los senadores de Génova 13 que den un paso adelante en la defensa de la Nación, la legalidad y la igualdad esencial de los españoles. Porque no es que la Mesa tenga el derecho sino que tiene el deber jurídico de inadmitirla. Ingenuo, pensarán de mí muchos al leer atropelladamente estas líneas. Y yo solo les podré contestar que antes ingenuo y difamado que cómplice del golpe.