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LAS DECISIONES DEL TC BAJO UNA MIRADA CRÍTICA

El Tribunal Constitucional de Chile cumple veinte años siendo una ‘tercera Cámara’ al servicio del poder político

Foto: Poder Judicial Chile

El Tribunal Constitucional chileno (TC) es un órgano especial, independiente del Poder Judicial, cuya función es conocer, resolver y ejecutar lo juzgado al tenor de asuntos de carácter constitucional. Está compuesto por diez miembros, donde tres de ellos son elegidos por la Corte Suprema en votación secreta; otros tres son designados por el presidente de la República en ejercicio; dos son elegidos por el Senado ―deben ser electos por dos tercios de los miembros en ejercicio de la Cámara Alta―, y los últimos dos son miembros propuestos por la Cámara de Diputados y ratificados por el Senado ―con la misma exigencia de cuórum―.

Cada miembro del Tribunal dura en el cargo 9 años, pero su composición se fue desarrollando de forma parcelada en el tiempo, razón por la cual, en realidad, cada 3 años rotan al menos 3 de sus miembros.

Con ello en mente, la creación de este organismo ―que nace en la Constitución de 1980― tenía como objetivo que fuese un Tribunal técnico, que actuara conforme a derecho, y que sentencie los requerimientos considerando las discusiones constitucionales que dieron vida a la Carta Magna aún vigente en Chile. Sin embargo, y de forma lamentable, durante las últimas décadas este Tribunal ha funcionado con perspectivas políticas más que técnicas, razón por la cual se ha criticado como una “Tercera Cámara” (aparte de la de diputados y el Senado).

Considerando lo anterior, el día martes 27 de abril, se dio a conocer la resolución del Tribunal Constitucional de Chile respecto al requerimiento del presidente Sebastián Piñera sobre la ley que permite un tercer retiro anticipado del 10 % de los fondos previsionales. En esta ocasión, a diferencia de la vez anterior ―cuando el mandatario llevó a la instancia el segundo retiro―, el organismo judicial resolvió concluir que se trataba de una ley “ajustada a la Constitución”. Con ello, la ley siguió su curso, siendo promulgada por el Ejecutivo.

De forma inexplicable, el TC votó atentando contra uno de los preceptos constitucionales que Chile fijó para evitar la demagogia y el populismo electoral por parte de los candidatos al Congreso: que solo el presidente de la República tiene atribuciones respecto de las leyes de Seguridad Social. Lamentablemente, esta no es la única ocasión en que el Tribunal Constitucional chileno se ha comportado como un órgano político en vez de técnico.

Solo como un ejemplo de estas acciones, en agosto del año 2017, el Tribunal revisaba el proyecto de ley de aborto en 3 causales, que permitía el asesinato de los niños por nacer en caso de inviabilidad fetal, riesgo de vida de la madre y en caso de violación. Aún cuando la Constitución chilena dice explícitamente, en el artículo 19 inciso primero, que “la ley protege la vida del que está por nacer”, el TC finalmente falló ―6 votos contra 4― reconocer constitucionalmente la medida. Con ello, el Tribunal actuó de forma política ante la presión social, despenalizando el aborto en las causales señaladas.

Esta decisión fue ampliamente criticada por grupos constitucionalistas por la evidente señal equívoca que se estaba dando respecto al Tribunal. Aún así, frente al avance de la radicalización de los grupos feministas, cedieron en la votación, y no sería la última vez.

En septiembre de 2020, el conglomerado oficialista Chile Vamos (centro-derecha), solicitó al Tribunal Constitucional la destitución del diputado comunista Hugo Gutiérrez por incitación al odio y alteración del orden público, esto debido a que el parlamentario ultraizquierdista compartió en sus redes sociales una serie de dibujos realizados por niños, donde una de ellas mostraba al diputado Gutiérrez asesinando al presidente Sebastián Piñera (sin mencionar que otra de las ilustraciones tenía la leyenda “que muera Piñera y no mi amiga”).

Con todos los antecedentes ―y considerando que el contexto de los dibujos era alusivo a lo ocurrido en Chile el 18 de octubre con la insurrección―, el Tribunal nuevamente falló de manera política, rechazando la petición de cesación del cargo, a pesar de la gravísima instrumentalización y adoctrinamiento de menores. Hoy Gutiérrez es uno de los candidatos del Partido Comunista para integrar la Convención Constitucional que se elegirá este 15 y 16 de mayo en el país del sur.

Con estas experiencias, se puede concluir que el Tribunal Constitucional ha actuado bajo presiones sociales y políticas, incumpliendo su única labor que es resguardar que las leyes respeten los preceptos constitucionales.

Cuando este organismo está en el centro de la crítica, y considerando el momento constituyente que se vive en Chile, si el Tribunal no empieza a ajustarse a los criterios técnicos, puede que la convención decida, en su rol de redactar una nueva Carta Magna, eliminarlo, dejando a la deriva la custodia del respeto de toda ley al código político, el mejor escenario posible para los grupos populistas socialistas.

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