«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Reduce la pena a dos años y seis meses de prisión

El Tribunal Supremo confirma la condena a Juana Rivas por el secuestro de sus hijos

La condenada Juana Rivas. EUROPA PRESS

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este lunes la condena, pero con la rebaja a la mitad, de Juana Rivas por delito de sustracción de menores.

En el verano de 2017 Rivas pasó un mes en paradero desconocido con sus dos hijos menores incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre. El Supremo ha reducido su pena de cinco años a dos años y seis meses de prisión al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos.

La Sala basa su fallo en que, cuando en un mismo acto son varios los menores trasladados o retenidos, no se produce un concurso de delitos, sino que se comete un solo delito del artículo 225 bis del Código Penal, al lesionarse el derecho de custodia del progenitor con quien el menor convive (con independencia del número de menores sustraídos) y la paz en las relaciones familiares, según han informado desde el Tribunal Supremo.

Los hechos probados señalan que en mayo de 2016 la recurrente viajó a España con sus dos hijos y no regresó a Carloforte (Italia), donde llevaba conviviendo tres años con su entonces pareja. El 2 de agosto le comunicó que no iba a regresar a Italia y escolarizó a los niños en un colegio de Maracena (Granada).

El progenitor, que tenía la guarda y custodia provisional de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como Estado de residencia habitual de los dos niños. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos, y su expareja denunció la desaparición. La acusada entregó a los dos niños un mes después, el 28 de agosto de 2017, en la Comandancia de la Guardia Civil de Granada.

Tras conocerse el posicionamiento del TS, Enrique Zambrano, como letrado del padre, ha mostrado, en declaraciones a Europa Press, su «respeto» a esta interpretación de «un aspecto penal que no estaba interpretado» y que es también «discutible» como apunta el hecho de que tres magistrados han suscrito un voto particular al considerar que hubo dos delitos y que debía mantenerse la condena de la Audiencia de Granada. Partiendo de la base de que respetan que el Supremo «ha sentado doctrina», ha apuntado en este contexto a una posible «incoherencia» en la consideración de un solo supuesto pasivo punible.

TEMAS |
.
Fondo newsletter