«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Y a cuatro años al director general de Trabajo Juan Márquez

La Justicia condena a siete años de cárcel al exconsejero andaluz del PSOE Antonio Fernández por el saqueo de los ERE

ERE. El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Antonio Fernández
El exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Antonio Fernández. Europa Press

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha resuelto el juicio celebrado entre septiembre y diciembre de 2020 por las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), una pieza separada de la macro causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos bajo el Gobierno socialista en la Junta de Andalucía.

Así, ha condenado a siete años y un día de cárcel al exconsejero del PSOE de Empleo Antonio Fernández, y a cuatro años y un día de prisión al exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez.

En una sentencia de 332 páginas difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Tercera condena al exconsejero de Empleo como autor de un delito continuado de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial, ambos en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos, y le impone siete años y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante 17 años y 15 días.

Fernández ya fue condenado a siete años, once meses y un día de prisión y 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta en la sentencia relativa al «procedimiento específico» mediante el cual eran canalizados los fondos para los ERE y ayudas investigadas.

Además, la Sección Tercera condena al e director general de Trabajo Juan Márquez como autor de un delito de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial, ambos en concurso medial con un delito de malversación, y le impone cuatro años y un día de cárcel y diez años y un día de inhabilitación absoluta. Pesa ya sobre él una pena de siete años de cárcel y 18 años de inhabilitación por la citada sentencia del «procedimiento específico».

El tribunal condena a cinco años de cárcel y siete años de inhabilitación a la que fuera presidente del consejo de administración de Acyco, Encarnación Poto; y al abogado José Miguel Caballero, como cooperadores necesarios de un delito continuado de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial en concurso medial con un delito continuado de malversación, mismos delitos por los que condena a tres años, seis meses y un día de prisión y a cinco años de inhabilitación absoluta al exdirector de Recursos Humanos y abogado de Acyco, Gabriel Barrero.

Además, el que fuera director de la consultora Vitalia Antonio Albarracín resulta condenado como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos, a cuatro años de prisión y seis de inhabilitación absoluta; mientras el que fuera consultor de Vitalia en Sevilla Jesús Bordallo es condenado como cooperador necesario de un delito de malversación de caudales públicos a dos años de cárcel y cinco de inhabilitación absoluta.

En otro orden, en materia de responsabilidad civil, la sentencia condena a Antonio Fernández a indemnizar solidariamente a la Junta de Andalucía, con los demás condenados, con una cuantía de 2.951.410,84 euros, cuantía igualmente impuesta a José Miguel Caballero y Gabriel Barrero; mientras esta responsabilidad civil se eleva a 3.033.625,84 euros en el caso de Encarnación Poto y Albarracín, y se reduce a 223.052,91 en el caso de Jesús Bordallo.

El tribunal indica que, a fin de obtener el respaldo económico de la Junta para sufragar un ERE de 35 puestos de empleo en Acyco, Encarnación Poto, como presidenta del consejo de administración, mantuvo contactos y reuniones junto con el responsable de recursos humanos, Gabriel Barrero, y el abogado José Miguel Caballero, con el entonces director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, obteniendo de éste la suscripción de un documento de fecha 8 de mayo de 2003 que reflejaba el compromiso adquirido.

Para la Audiencia, los condenados incurrieron en un delito de prevaricación por «haber sido otorgadas ayudas socio-laborales sin previa solicitud formal de la empresa beneficiada y sin instrucción de expediente y resolución escrita, instrumentadas mediante la financiación con fondos públicos de pólizas de renta colectiva de prejubilaciones derivadas de la reestructuración de la plantilla de Acyco, con introducción de dos personas ajenas a dicha plantilla (intrusos)», y por la suscripción de una adenda al convenio de febrero de 2004 para abono del supuesto adelanto efectuado por siete socios de Acyco para el pago de las pólizas de prejubilación, justificando su abono mediante la presentación de una factura falsa que incluía el pago de un IVA no soportado (243.600 euros)».

TEMAS |
.
Fondo newsletter