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La AN prorroga seis meses la investigación del asesinato de Miguel Ángel Blanco para interrogar a tres exjefes de ETA

Policía y Guardia Civil. Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional (AN) que investiga la responsabilidad de la cúpula de la banda terrorista ETA en el secuestro y asesinato del concejal del PP en el municipio vizcaíno de Ermua Miguel Ángel Blanco ha prorrogado seis meses —hasta el 11 de agosto— la investigación para poder tomar declaración a los exjefes de ETA María Soledad Iparraguirre, alias ‘Anboto’; José Javier Arizkuren Ruiz, ‘Kantauri’; e Ignacio Miguel Gracia Arregui, ‘Iñaki de Rentería’.

En un auto de este mismo viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, accede a lo planteado por la Fiscalía y las demás acusaciones.

La última prórroga, acordada el pasado julio, expira este domingo, si bien el magistrado explica que aún hay diligencias pendientes. Entre ellas, tomar declaración a ‘Anboto’, a la espera de que Francia autorice que se la investigue también por este caso; así como a ‘Kantauri’ e ‘Iñaki de Rentería’.

Para García Castellón, «estos aspectos resultan esenciales, toda vez que si no se prorrogase la instrucción ello podría cercenar el derecho de defensa de los investigados que aún no han declarado, puesto que, a resultas de sus deposiciones, sería dable que sus defensas interesasen la práctica de ulteriores diligencias de investigación, o que las acusaciones solicitasen nuevas líneas de instrucción».

«De este modo, para garantizar el derecho de defensa de los investigados y la igualdad de armas entre todas las partes, y puesto que resta por practicarse una variedad de diligencias de instrucción, procede acceder a lo peticionado por las partes solicitantes», acuerda.

El instructor destaca que el hecho de que ninguna de las partes haya mostrado su oposición a prorrogar las pesquisas «constituye otro indicio que corrobora lo prematuro de un cierre de la investigación cuando restan por practicar relevantes diligencias, de las que podría derivarse la necesidad de otras ulteriores».

En este sentido, subraya que, «teniendo en cuenta tanto el carácter complejo de los hechos investigados, como la propia naturaleza de las expresadas diligencias de investigación que han sido acordadas y aún no practicadas, parece razonable esperar que de su práctica resulte la necesidad de acordar otras actuaciones de investigación».

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