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DINÁMICA MUY PREOCUPANTE DEL TRIBUNAL DE LA UE

La sentencia del TJUE sobre Puigdemont: la victoria pírrica del juez Llarena

El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont. Europa Press

Lo sentimos, nada que celebrar desde Luxemburgo: la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la bien hilada cuestión prejudicial del juez Llarena es, a lo sumo, una victoria pírrica. Ya nos gustaría afirmar que este Tribunal ha puesto por fin coto a la arrogante y recurrente arbitrariedad de los jueces belgas, que solo una vez condenados, por la muy garantista Corte de Derechos Humanos, se dignaban a entregar a la etarra «Pepona». Me hubiese encantado celebrar que Luxemburgo siguiera las conclusiones del Abogado General y se limitara a interpretar literalmente la Decisión Marco sobre la euroorden. Y sería el primero en celebrar que los magistrados de la UE pusieran coto a la impunidad de la que gozan los golpistas gracias a la reforma a medida del código penal español y la arbitrariedad del poder judicial belga.

Pero no, ni siquiera nos podemos consolar pensando que el fallo da «una de cal, y otra de arena», que es un empate técnico del que el juez Llarena se podrá prevalecer para procesar al menos a Puigdemont y su banda por los delitos menores que Sánchez no ha fulminado. No, porque la sentencia de Luxemburgo deja demasiado margen a unos jueces flamencos que utilizan cualquier excusa para expedir su justicia política. Y con esta sentencia, disponen de un sinfín de recovecos para prolongar el procedimiento y para, resistirse a entregar a los prófugos en nombre de unos derechos fundamentales obscenamente pervertidos.

La sentencia se puede resumir en un «no, pero sí». No, no le corresponde al juez belga valorar la competencia del Tribunal Supremo español… salvo si su falta de competencia es «manifiesta». Por supuesto, en nombre de la confianza mútua entre Estados miembros, Bélgica no puede negar una extradición… salvo si ésta vulnera un derecho fundamental. Cierto, las dudas de los jueces belgas deben ser «manifiestas» y deben derivarse de «deficiencas sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial» de España… por lo tanto, los jueces belgas podrán pedir información complementaria para hacerse su propia opinión. No, no basta con un informe de un chiringuito de la ONU llamado «Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria» ( generosamente regado por la Generalitad de Cataluña) para denegar una euroorden, «pero tal informe puede, en cambio, ser tenido en cuenta […] para apreciar la existencia de deficiencias sistémicas o generalizadas». Y finalmente, Luxemburgo tiene la «cortesía» de allanar el camino a Puigdemont recordando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos según la cual «no puede considerarse un tribunal establecido por la ley […] un tribunal supremo nacional que resuelva en primera y última instancia sobre un asunto penal sin disponer de una base legal expresa». Un detalle que no se le ha escapado a Gonzalo Boye, abogado del prófugo y terrorista convicto, que celebraba con alivio éste párrafo del fallo.

¿Alguién da más para que los jueces belgas sigan fumándose la euro-órden y que Llarena siga esperando a Godot? Desde el repugnante caso de la etarra «Pepona», ya sabíamos que los tribunales de ese país se podían saltar la legalidad europea sin despeinarse y sin que la Comisión Europea (tan ocupada en mantener cruzadas imaginarias contra Hungría y Polonia) frunciera el ceño en nombre del Estado de Derecho y la primacía del derecho europeo. Ahora, sabemos que podrán seguir haciéndolo amparados por éste fallo, tomándose alguna molestia más, pidiendo información complementaria y haciendo un poco más los deberes para camuflar su arbitrariedad  porque lo de negar una euroorden casi porque sí, porque les daba la gana, quedaba un poco mal. Asunto resuelto con unas piruetas jurídicas, gracias a los magistrados de la UE. Los jueces belgas llevaban años torpedeando la euro-orden, Luxemburgo acada de cargarse la confianza mútua entre socios comunitarios, nada menos.

El problema es que esta sentencia se inscribe en una dinámica muy preocupante del Tribunal de la UE y delata una deriva: intepretaciones abusivas de la legislación europea en detrimento de su literalidad, invocación recurrente de unos derechos fundamentales maleables e ideologizados, erosión constante de las competencias nacionales, renuncia a aplicar el peso de la ley en beneficio de los derechos individuales, sesgo federalista constante, solo por citar algunas.

Me consta que en España el reflejo de Pavlov consiste en erigir Bruselas y Luxemburgo como árbitros supremos de cualquier problema político, tengas éstos competencias o no. Este fallo es una muestra más de que es hora de perder la virginidad y preguntarse muy en serio cual es la diferencia entre la lealtad y la ingenuidad, entre ser un socio leal y ser un euro-pardillo.

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