El poder Legislativo ecuatoriano no solo falló en sus funciones, al no cumplir lo solicitado por la Corte Constitucional, sino que ahora pretende pasar por encima de la autoridad del presidente Guillermo Lasso para poner fin al derecho a la vida en el Ecuador.
Lasso vetó la ley que pretendía despenalizar el aborto en caso de violación. En el texto vetado no se exigía denuncia al violador -que quebraba la igualdad ante la ley, al permitir que fuese practicado al cabo más semanas en el caso de mujeres negras, indígenas y campesinas-, y abría la posibilidad de sancionar a médicos que se negaran a poner fin a la vida de un ser humano indefenso con una multa de 20 sueldos mínimos (más de $8 mil dólares). El veto del presidente Lasso corrige estas disposiciones y además prohíbe la venta de las partes del cuerpo de los fetos y embriones abortados.
A partir del veto, la Asamblea Nacional tiene 30 días para aprobar lo planteado por Lasso. En el caso de no hacerlo queda aprobado y se convierte en ley. Si los legisladores conseguían más de 92 votos, se aprobaba el proyecto de ley sin las modificaciones del veto. No obstante, dada la radicalidad del proyecto original, no había votos suficientes. Entonces los legisladores, con 75 votos, devolvieron el proyecto de ley a la Corte Constitucional para que esta haga el trabajo que correspondía a la Asamblea.
El abogado constitucionalista Ismael Quintana explica cómo los legisladores apelaron a una maniobra inexistente en la normativa ecuatoriana. Por tanto, el presidente tiene la potestad de poner en vigencia el proyecto de ley con las modificaciones que él realizó, si es que el poder legislativo no lo rechaza o aprueba en 30 días.
De igual manera, la legisladora oficialista y vicepresidente de la comisión de fiscalización en la Asamblea, Ana Belén Cordero, destaca lo vergonzoso que es el accionar de sus colegas, dado que muestran desconocer no solo sus atribuciones, sino el funcionamiento mismo de la Constitución.
Por último, el ex-legislador Héctor Yépez, destacó que lo preocupante del accionar de los parlamentarios trasciende el tema del aborto, pues deja un precedente no solo respecto al incumplimiento de las funciones de los legisladores sino que además le están dando cada día más poder a la Corte Constitucional.
Primero, permitieron que pase por encima del derecho a la vida, consagrado y garantizado desde la concepción en el artículo 45 de la Constitución, bajo el capítulo de niños, niñas y adolescentes. Segundo, permitieron que la misma corte fuerce a los legisladores a legislar.
Aunque ya no ejerce más la función de legislador, Yépez participó del primer debate respecto al proyecto de ley para despenalizar el aborto en caso de violación con un discurso claro: solo las mujeres se embarazan. Puesto que la carga ideológica del activismo feminista que forjó el proyecto de ley reitera el término “persona gestante” para eliminar a la mujer como única persona capaz de gestar, y otorgarle así un rol más “neutro” al proceso.
Términos así fueron corregidos en el veto parcial de Lasso, quien además eliminó el término “derecho” al aborto. Pues en el Ecuador la vida sigue siendo un derecho y el aborto un delito. Lo que se permitió es la excepción en el caso de violación y por medio del veto permitir a los médicos darle a la mujer otras opciones, como la adopción.
Mientras que sin el veto los médicos que sugieran una alternativa ajena al aborto pasarían a ser perseguidos y castigados, pese a que en el Ecuador todavía rige el juramento hipocrático que dice expresamente “no recetaré a una mujer un pesario abortivo”, tanto así que este aparece en una placa en la icónica maternidad Isidro Ayora de Quito.
Frente a este abuso a la libertad de consciencia, Lasso presentó un veto parcial que modificaba 61 de los 63 artículos del proyecto de ley. Acataba la decisión de la Corte Constitucional y paralelamente eliminaba los peores abusos del proyecto de ley que permitía condenar a pena de muerte a un inocente por el crimen de un delincuente.
Al ser la Corte Constitucional la mayor instancia judicial, la sentencia es inapelable. Por ende Lasso la acató mientras la limitó al máximo. La función de la Asamblea Nacional era ponerle un marco jurídico, semanas de gestación y requisitos para acceder al aborto.
Pero no lo hizo. No exigió requisito alguno, ni examen médico ni declaración juramentada ni denuncia contra el violador. Las agrupaciones feministas que condujeron a la decisión de la corte exigían aborto sin límites, hasta los 7 meses de gestación en el caso de mujeres adultas, y hasta el mismo nacimiento en el caso de menores. Sin embargo, tales extremos no lograron popularidad. Fue necesario bajar las semanas de gestación a las 12 para lograr votos suficientes.
No conformes con matar a un ser humano de tres meses de gestación, organizaciones feministas presentaron una acción de incumplimiento contra el presidente Lasso ante la Corte Constitucional. Fueron las mismas organizaciones feministas que llevaron a la Corte Constitucional a despenalizar el aborto en caso de violación. Paradójicamente usan una Constitución que defiende la vida desde la concepción para intentar deslegitimar la vida y el accionar del presidente.
Ahora celebran que los legisladores no cumplan su labor sino que lo delegan a la Corte Constitucional y pasan por encima de la institucionalidad. La organización feminista Surkuna, por ejemplo, se jacta de haber logrado abortos de hasta 26 semanas de gestación (aunque médicamente ya no es un aborto después de la semana 20/22, pues ya tiene el tamaño y desarrollo suficiente para nacer de manera forzada por parto inducido o bien por una cesárea, y luego dejan morir al prematuro por desatención) por medio de la sentencia de la corte.
Por eso ahora, ante la posibilidad del veto que limita el aborto, la legisladora Johanna Moreira, de Izquierda Democrática y miembro de la Comisión de Justicia de la Asamblea, principal promotora del proyecto de ley del aborto, propuso el envío del veto a la Corte Constitucional para que siga un canal de interpretación que no está contemplado legalmente, ya que acusa que incluye «la posición personal del presidente de la República», quien se ha ratificado como provida (aunque dentro del movimiento ha sido cuestionado por no vetar totalmente el proyecto de ley).
El oficialismo se opuso a llevar el texto a la Corte Constitucional. Consideraban que se debía debatir el texto del presidente en el pleno de la Asamblea y llegar a un consenso para lograr una aprobación definitiva. También estaba sobre la mesa aprobar el veto en su totalidad.
Los legisladores tienen hasta el 16 de abril para aprobar o desaprobar el veto parcial. Mientras entra en debate la función de los tres poderes, se activa una alerta sobre el uso y abuso del poder. El presidente Lasso tiene la oportunidad de plantarse firmemente o seguir la tendencia de Macri y Piñera al ceder poder.
Sobre todo podría detener una tendencia de activismo regional. Ya en Brasil está instaurada la dictadura de la toga, donde los jueces izquierdistas tienen más poder que la Constitución. También en la vecina Colombia, la Corte Constitucional pasó por encima del derecho a la vida consagrada en el Artículo 11 de la Constitución y ahora permite matar al no nacido hasta el sexo mes de gestación. Incluso México, por medio de la Suprema Corte, está logrando suplantar al poder legislativo.
Ahora los jueces emiten leyes, los legisladores entregan dicho poder y los presidentes deciden si resistir o no a este abuso de poder. En el caso de Ecuador, según la Constitución, solo el Presidente está facultado para enviar el veto a la Corte Constitucional, no la Asamblea.