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EN UNA PNL REGISTRADA EN LA COMISIÓN DE SANIDAD DEL CONGRESO

VOX exige que se blinde el derecho a la objeción de conciencia de los sanitarios ante el aborto y la eutanasia

Concentración provida frente al Congreso. Europa Press

El grupo parlamentario de VOX ha registrado una Proposición No de Ley (PNL) ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados en la que reclaman que los sanitarios no tengan que inscribirse en un registro para el ejercicio de su derecho a la objeción de conciencia en el aborto y la eutanasia, así como que «no sea privado de la posibilidad de continuar su labor de asistencia a todos sus pacientes».

En primer lugar, la PNL de VOX insta a que la objeción de conciencia sanitaria sea aplicable a todos los sanitarios (médicos, enfermeros o auxiliares de enfermería), así como que permita la objeción de conciencia respecto de cualquier acto directamente relacionado o necesario para la práctica del aborto o la eutanasia.

Asimismo, instan a que «no se menoscabe en ningún caso los derechos de los objetores, en especial la igualdad en el plano personal y laboral y la protección de sus datos» y a que se «asegure que el sanitario que objete no sea privado de la posibilidad de continuar su labor de asistencia a todos sus pacientes y pueda formar parte del proceso clínico-asistencial de estos hasta el final».

Por último, la formación liderada por Santiago Abascal, que trabaja -ha dicho- para la derogación del aborto y la eutanasia, reclama que se «garantice que los sanitarios objetores no sean excluidos, por el ejercicio de dicha objeción, del derecho a formar parte de las instituciones sanitarias y de las comisiones y comités de los centros asistenciales».

El portavoz de VOX en el Congreso, Iván Espinosa de los Monteros, ha explicado que el objetivo es aprobar una legislación «que blinde claramente algo tan íntimo y merecedor de protección como es la conciencia y que deje claro que la regulación de un mal llamado derecho no puede hacerse por la vía de obligar a otros a ejercer un acto en contra de su libertad (en este caso concreto el de poner fin a la vida de una persona)».

En este sentido, Espinosa ha señalado que «tanto por convicciones personales como por atención a las leyes que rigen la profesión sanitaria, todo profesional de la salud debe poder objetar en conciencia sin que se deriven por ello consecuencias negativas para quien objeta».

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