«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Se trata de Julio Guerrero, del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia

Un juez de Murcia critica que se conceda la residencia en España a denunciantes extranjeras por malos tratos «sin prueba alguna»

Ciudad de la Justicia de Murcia. Europa Press.

El magistrado Julio Guerrero, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, ha criticado en una reciente sentencia que el Gobierno conceda de forma automática una autorización temporal de residencia a mujeres extranjeras que presentan una denuncia por violencia de género, incluso antes de que existan pruebas que acrediten los hechos denunciados.

«Parece inexplicable que se pueda conseguir esa autorización de residencia por el simple hecho de presentar la denuncia, sin prueba alguna», señala el juez en una resolución a la que ha tenido acceso La Verdad.

El pronunciamiento se produce en una sentencia en la que Guerrero absuelve a un hombre acusado por su entonces pareja de haberla agredido físicamente en un salón de recreativos de Murcia durante el verano de 2025. Según el relato judicial, el acusado se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas cuando la mujer le pidió que se marchase del local.

El magistrado considera probado que, al situarse frente a ella, el hombre perdió el equilibrio, se balanceó y provocó que su cabeza chocase con la de su pareja «sin intención alguna de lesionarla o maltratarla» y sin causarle lesión alguna.

La sentencia va más allá y sostiene que la mujer presentó una denuncia falsa con la «esperanza de conseguir la residencia en España», algo que, según el propio juez, terminó obteniendo efectivamente.

Guerrero recuerda en su resolución que en los procedimientos por violencia de género, cuando la declaración de la denunciante se convierte en la principal o única prueba de cargo, deben existir elementos externos que corroboren mínimamente su versión. «La constancia de hechos, datos o circunstancias externas que avalen de manera genérica la verosimilitud de la declaración es el elemento de objetivación de mayor entidad», apunta.

El juez advierte de que estas declaraciones carecen de consistencia cuando son únicas y no están respaldadas por otras pruebas. En este caso, subraya que existe un vídeo que demuestra que los hechos no ocurrieron como fueron denunciados.

«Demuestra lo que el acusado manifestaba: que la denunciante sólo quería obtener la residencia y que le denunció falsamente y sin motivo, exclusivamente para conseguir dicha autorización», sostiene el magistrado.

Guerrero considera además «inexplicable» que, una vez constatada en sentencia la falsedad de la denuncia, no se retire la autorización de residencia «obtenida irregularmente y sin motivo». También señala que la Fiscalía debería presentar una denuncia contra la mujer por denuncia falsa, aunque lamenta que «el sistema no funciona así y no parece que se vaya a arreglar».

La sentencia no cuestiona la protección debida a las víctimas reales de violencia de género, pero sí denuncia una grieta del sistema: la posibilidad de que una denuncia falsa se convierta en vía para obtener derechos administrativos en España sin una comprobación suficiente de los hechos.

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