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Contra la injerencia en el Poder Judicial

Bandera de España, en el Tribunal Constitucional. Europa Press

En los últimos días el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley Orgánica rodeada -otra vez- de mucha polémica. 

Se trata de la Proposición de Ley Orgánica para la modificación del artículo 570 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, como su rúbrica indica, únicamente tiene por objeto la modificación de dicho artículo incluyendo el numeral 1º, que permite al Consejo General del Poder Judicial que esté en funciones proceder al nombramiento de dos magistrados del Tribunal Constitucional. 

Así leída, la Proposición de Ley Orgánica no tendría más misterio, pero esta lectura, desprovista de los antecedentes necesarios, es errónea. 

Es preciso recordar que el Consejo General del Poder Judicial lleva más de tres años en funciones y que, de acuerdo con la Constitución Española, corresponde a las Cortes Generales, por mayoría de tres quintas partes, el nombramiento de ocho de sus veinte vocales. Es por ello que, para proceder a dichos nombramientos, se requiere el acuerdo parlamentario. 

Ante esta situación de bloqueo, el mes de marzo del año 2021, el Gobierno de España impulsó una modificación de la LOPJ (LO 4/2021) en el sentido de cercenar sustancialmente diversas competencias al CGPJ como medida de presión al principal partido de la oposición para avenirse a un acuerdo. La Ley Orgánica aprobada tenía por objeto añadir un artículo, el artículo 570 bis, que, de forma simple, limitaba al CGPJ en funciones a realizar los nombramientos que el art. 560 LOPJ le atribuye; entre los que se incluye, por ejemplo, el nombramiento de Jueces, Magistrados y Magistrados del Tribunal Supremo -actualmente, sobrecargado de asuntos por la falta de personal- o el nombramiento de dos magistrados del Tribunal Constitucional. En definitiva, abocaba al CGPJ y, en particular al Tribunal Supremo, a una paralización o, al menos ralentización, de la carga de trabajo. O lo que es lo mismo, daba un toque de gracia a la ya maltrecha -no por méritos propios- cúpula de la Justicia.  

Por otro lado, cabe decir que en los próximos meses debe renovarse cuatro de los miembros del Tribunal Constitucional; de estos, dos deben ser nombrados por el CGPJ y otros dos, por el Gobierno. En cualquier caso, la renovación debe realizarse por terceras partes, es decir, de cuatro en cuatro (el TC está compuesto por 12 miembros). De lo contrario, no puede producirse la renovación. 

En esta situación entra en juego la Proposición de Ley Orgánica planteada por el Grupo Socialista. Dicha Proposición de Ley Orgánica únicamente tiene por objeto modificar el artículo previamente introducido el año anterior con el fin de atribuir al CGPJ la competencia de nombrar a dos magistrados del Tribunal Constitucional. De este modo, el Gobierno se aseguraría poder renovar la tercera parte que corresponde, nombrando los dos magistrados que le corresponde. Por este motivo, el Gobierno de España utiliza -en el sentido más torticero del mismo- los recursos parlamentarios a su antojo.

Estamos ante un nuevo caso del uso espurio de las instituciones de todos los españoles por parte del PSOE y, en particular, del Gobierno de Pedro Sánchez, que no hace sino ejemplificar (…) el dicho de que «el fin justifica los medios»

Por si no fuera suficiente, también es denunciable la fórmula parlamentaria empleada. El Gobierno podría haber aprobado un Proyecto de Ley Orgánica en Consejo de Ministros para su posterior remisión al Congreso de los Diputados. Sin embargo, este mecanismo hubiese exigido mayor dilación en el tiempo y mayores trámites administrativos, de entre los que hay que destacar especialmente el preceptivo informe del Consejo de Estado y el dictamen del CGPJ. Mediante la presentación de una Proposición de Ley Orgánica por parte del Grupo Socialista se obvian estos “incómodos” trámites, ya que, teniendo en cuenta los antecedentes, el Gobierno no podría esperar un resultado favorable de dichos trámites consultivos. 

Finalmente, y a mayor abundamiento, la Proposición de Ley Orgánica se registró en el Congreso de los Diputados solicitando al Pleno acordar su tramitación en lectura única y de forma urgente. La relevancia práctica de esto es, de nuevo, sustancial, ya que, de acordarse, el primero supondría realizar un único debate sobre la Proposición en el Pleno, sin acudir a Comisión; el segundo, supone reducir a la mitad los plazos de tramitación ordinaria. En definitiva, en román paladino, ello supondría reducir los trámites y plazos de tramitación parlamentaria. 

Por todo ello, no es ninguna sorpresa que el CGPJ haya puesto el grito en el cielo y haya denunciado el “manoseo” de la ley que, en todo caso, es “intolerable”, hasta el punto de estar estudiando denunciar la iniciativa legislativa ante las instituciones europeas. 

En definitiva, estamos ante un nuevo caso del uso espurio de las instituciones de todos los españoles por parte del PSOE y, en particular, del Gobierno de Pedro Sánchez, que no hace sino ejemplificar, una vez más, el dicho de que “el fin justifica los medios”. 

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