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PIDE DICTAR UN NUEVO FALLO

El TS anula la absolución y ordena repetir el juicio a la etarra ‘Anboto’ por un atentado en Vitoria

La etarra 'Anboto'. Ministerio de Justicia/ Europa Press
La etarra 'Anboto'. Ministerio de Justicia/ Europa Press

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que absolvió a la exjefa de la banda terrorista ETA Soledad Iparraguirre, alias «Anboto», del atentado con coche bomba contra el polideportivo de Mendizorroza (Vitoria), al tiempo que ha ordenado al tribunal que repita el juicio y dicte un nuevo fallo.

En una sentencia del pasado viernes, los magistrados de la Sala Segunda instan a la Audiencia Nacional a designar a un tribunal diferente y explican que la anulación de la sentencia se fundamenta en que los jueces que absolvieron a «Anboto» omitieron «con una argumentación no racional» la valoración de una prueba de huellas que tenía «un alto valor» para el fiscal.

La banda terrorista ETA colocó un coche-bomba enfrente de las taquillas del polideportivo vitoriano pero la Policía, que había tenido noticia de los dos vehículos que los etarras acababan de robar para realizar la acción, localizó el coche antes de que estallara y desactivó el artefacto, que tendría el objetivo de acabar con la vida de los policías nacionales -al menos 21- que iban a prestar servicios de vigilancia con motivo de un encuentro deportivo.

Esta causa se siguió contra «Anboto» por veinte delitos de asesinato en grado de frustración, otro de atentado contra agentes de la autoridad y un delito de estragos, como recuerda el Supremo. El tribunal encargado de juzgar a la etarra estuvo compuesto por José Antonio Mora -que fue el presidente y ponente de la sentencia-, Fernando Andreu y José Ricardo de Prada.

La sentencia de la Audiencia Nacional ahora anulada contó con el voto particular de uno de los tres magistrados que la dictó: Fernando Andreu. El juez consideró que había prueba concluyente, plena, válida, adecuada y suficiente para considerar plenamente probado, y más allá de toda duda razonable, la participación de «Anboto» como responsable, en concepto de autora, de los hechos enjuiciados, constitutivos de los delitos de asesinato, atentado y estragos de naturaleza terrorista.

En este contexto, el Supremo deja claro que el tribunal que juzgue nuevamente a «Anboto» debe ser diferente en tanto que los magistrados que la absolvieron «ya han formado criterio, aunque sea contrapuesto».

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